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Condenan a supermercado por robo en estacionamiento

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a supermercados Líder a pagar una indemnización de $1.500.000 a un consumidor por el robo de su vehículo desde el estacionamiento.

11 de mayo de 2009

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a supermercados Líder a pagar una indemnización de $1.500.000 a un consumidor por el robo de su vehículo desde el estacionamiento.

  • Roberto Álvarez, tras bajarse de su camioneta en el estacionamiento de supermercado Líder, se fue tranquilo a realizar sus compras, ya que suponía que éste era un lugar seguro. Sin embargo, tras regresar, descubrió que su vehículo no estaba donde él lo había dejado sólo un rato antes.
  • Tras recuperarse de la impresión, llamó a Carabineros para hacer la denuncia y acompañado de los propios funcionarios policiales, se dirigió donde el administrador de los estacionamientos a pedir las explicaciones del caso.
  • Momentos después de requerir ver las grabaciones de las cámaras de seguridad del recinto, las cuales supuestamente tenían imágenes del robo, el consumidor se dio cuenta que era un acto inútil, ya que éstas estaban dirigidas hacia otro lado y no habían captado nada.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, el consumidor denunció los hechos ante el Juzgado de Policía Local de Cerrillos.
  • En el juicio, Líder rechazó su responsabilidad en los hechos señalando que la empresa si bien cuenta con estacionamientos a disposición del público, éstos son de libre acceso y por cuyo uso no se cobra precio ni tarifa.
  • La empresa agregó además que no se trata de un recinto cerrado que cuente con controles o vigilancia en su entrada, y que si bien la empresa dispuso que en los estacionamientos circulen guardias de seguridad con el objeto de proveer mayor seguridad, rechazó que la Ley del Consumidor tenga alcance en este hecho porque para ello debe existir entre el proveedor y el consumidor un acto pagado, y que en este caso no habría.
  • Sin embargo, el tribunal de primera instancia y luego la Corte de Apelaciones de Santiago rechazaron los argumentos de la empresa al señalar que el "servicio de estacionamiento forma parte del servicio que presta el hipermercado a los consumidores con vista a un lucro, y que no podría funcionar sin proporcionar a sus clientes un lugar para estacionar los vehículos, mientras efectúen sus compras, siendo irrelevante de si se cobra o no una tarifa o precio por aparcamiento ".
  • Considerando los argumentos la Corte condenó al supermercado Líder al pago de una indemnización de $1.500.000 al consumidor afectado por concepto de indemnización, más una multa de $100 mil pesos por haber actuado en forma poco profesional en el cuidado del vehículo mientras se encontraba estacionado en el recinto comercial.
  • Este fallo confirma una vez más que si bien, en supermercados y centros comerciales, no se cobra por este servicio, éste es parte del servicio que presta la empresa a sus clientes y por lo tanto es responsable de tomar todas las medidas necesarias para evitar robos o daños y responder si no hacen bien su trabajo.

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Mercados: SupermercadosEstacionamiento

Tipo de producto: Estacionamiento

Proveedor: Administradora De Supermercados Hiper Limitada

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