Contenido principal

Condenan a multitienda

La Justicia condenó a Falabella por aplicar cobros por los honorarios del abogado a un consumidor, pese a que la causa aún se encontraba en proceso de cobranza extrajudicial.

04 de mayo de 2009

La Justicia condenó a Falabella por aplicar cobros por los honorarios del abogado a un consumidor, pese a que la causa aún se encontraba en proceso de cobranza extrajudicial.

  • Carlos Cordero tenía una deuda pendiente con Falabella por un crédito que había solicitado. Pero cuando no pudo pagar oportunamente las cuotas le empezaron a llegar cobros por costas y honorarios de abogado, pese a nunca había sido informado que su caso estaba en juicio.
  • Tras analizar la situación se percató que su deuda solamente estaba en etapa de cobranza extrajudicial, por lo que no aplicaban dichos cobros. Así y todo, la empresa le estaba cobrando $42.203 por una deuda que ascendía a $126.986, lo que excedía el 9% que establece la ley para deudas menores de 10 U.F, incluso si le agregaban los intereses.
  • Al sentir que sus derechos estaban siendo vulnerados recurrió al SERNAC en busca de una solución, organismo que tras una mediación desfavorable denunció los hechos al tercer Juzgado de Policía Local de Santiago, haciéndose parte en la causa.
  • En el juicio el tribunal ratificó que Falabella estaba aplicando gastos por concepto de honorarios y costas sin que hasta ese momento se hubiera iniciado un juicio de cobranza contra el consumidor, sino que sólo se estaba en cobranza extrajudicial.
  • El juzgado recordó que las empresas "sólo pueden cobrar por concepto de cobranza extrajudicial el 9% del capital adeudado o la cuota vencida como máximo cuando el capital o cuota no excede de 10 U.F. y una vez que la letra esté vencida más de 15 días", lo que ocurría en este caso.
  • Así, el tribunal concluyó que Falabella cometió infracción a la Ley del Consumidor, motivo por el cual le aplicó una multa de 10 U.T.M (esto es $367.190 al valor actual) a beneficio fiscal.
  • Este fallo confirma que si bien los consumidores deben pagar sus deudas, de la misma forma, las empresas deben respetar lo que señala la Ley respecto a cobranzas extrajudiciales.
  • Recuerde que cuando una persona es demandada debe ser notificada por un receptor judicial, pero si esto no sucede y aun así una empresa le cobra dinero por costas u honorarios de abogado se aconseja acudir al juzgado y pedir información, porque puede tratarse de un engaño.
  • Asimismo que los montos máximos a aplicar por concepto de intereses y gastos de cobranza se aplican pasado los 15 días corridos desde la fecha de vencimiento de la deuda, los cuales ascienden a un 9% para las deudas o cuotas de hasta 10 UF; un 6%, para la parte de la saldo que exceda de 10 y hasta 50 UF; y un 3% para el monto que supere las 50 UF.

Archivos para descargar

Dirección externa

Galería

Tags

La Encuesta