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Multan a empresa por publicidad engañosa de pulsera

Una empresa fue multada por inducir a error o engaño a los consumidores en la publicidad de la famosa pulsera "iónica" que promete una serie de beneficios para la salud.

10 de agosto de 2012

Una empresa fue multada por inducir a error o engaño a los consumidores en la publicidad de la famosa pulsera "iónica" que promete una serie de beneficios para la salud.

  • La empresa Inversiones Pastrami fue condenada por la Justicia al pago de una multa de 25 UTM tras la denuncia del SERNAC por inducir a error o engaño a los consumidores con la pulsera "Ion Power".
  • El SERNAC decidió denunciar a esta empresa por promocionar en distintos medios de comunicación la pulsera "iónica" atribuyéndole una serie de beneficios para la salud para quienes la usaran sin que se comprobaran dichas promesas.
  • El organismo incluso requirió la opinión técnica a la Subsecretaría de Salud quien reafirmó que no es posible comprobar las propiedades del producto y no existe certeza de que los beneficios sean efectivos.
  • Asimismo, tampoco se informaba en la publicidad el plazo, y condiciones de la promoción u oferta lo que también constituye una infracción a la Ley del Consumidor.
  • En el juicio, la empresa se defendió señalando que la publicidad habla desde la experiencia de los clientes y eso es un argumento como prueba de efectividad, y que respecto a no señalar los plazos de la promoción, se debió a desconocimiento y no mala fe.
  • Finalmente, el tribunal determinó que la empresa cometió infracción al inducir a error o engaño a los consumidores respecto a propiedades no comprobables del producto y tampoco puede eximirse de responsabilidad aduciendo desconocer las exigencias legales respecto a las promociones u ofertas.
  • En 2010, el SERNAC denunció también a la empresa Cencosud por no entregar información que permitiera comprobar las promesas publicitarias de la pulsera Biolectick quien fue sancionada con una multa de 50 UTM.
  • La Ley es clara y no es llegar y prometer. Las empresas en su publicidad no pueden inducir a error o engaño a los consumidores y la información debe ser verdadera y comprobable.
  • Si una empresa promete que un producto permite bajar de peso o mejorar la salud, debe poder comprobarlo y no puede inducir a error o engaño a los consumidores.
  • Los consumidores compran un producto confiando en las promesas de las empresas y no es aceptable que se juegue con esa confianza.

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