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Ley del Consumidor:PROTEGER CON MÁS FUERZA A LOS CONSUMIDORES

En octubre de este año la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados deberá votar si el proyecto presentado el 2001 por Sernac es conveniente de legislar.

12 de septiembre de 2002

En octubre de este año la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados deberá votar si el proyecto presentado el 2001 por Sernac es conveniente de legislar.

Simple Urgencia
La necesidad de reformular la legislación existente, fue expuesta a principios de septiembre de 2001 en un mensaje entregado por Presidente Ricardo Lagos al Congreso, en que plantea "que la normativa que rige las relaciones de consumo requiere modificaciones importantes."
De hecho, su preocupación surge a mediados del año 2000 cuando luego de un frente de mal tiempo, miles de familias quedaron desamparadas ante la mala calidad de sus viviendas. Éstas sólo estuvieron protegidas por una legislación especial, la Ley de Urbanismo y Construcciones, que considera aspectos de calidad de los inmuebles y no situaciones de consumo (como contratos , garantías y otros). Producto de esta experiencia, el Ejecutivo otorgó carácter de "simple urgencia" al proyecto.

Las Principales Reformas
Éstas se refieren a diversos aspectos como los contratos de adhesión y las cláusulas abusivas (artículo 16) y el ámbito de supletoriedad de la ley (que otorgaría al Sernac la facultad de defender al consumidor, utilizando todas las leyes especiales que existen: viviendas, electricidad, aguas, gas, teléfonos y otras,lo que actualmente no ocurre).
En definitiva, algunas de las principales reformas propuestas al Parlamento son las siguientes: -Ampliar el alcance de la Ley y las atribuciones que tiene Sernac. -Facilitar la constitución de las Asociaciones de Consumidores (de la misma forma que una empresa u organización) y así otorgar mayor fuerza a entidades conformadas por los consumidores, para que ejerzan la defensa de sus derechos. -Incorporar la defensa de los intereses "supraindividuales", con el fin de que los casos que tengan ámbitos similares y afecten a un número importante de consumidores, puedan ser tratados por el tribunal competente como un sólo caso. La sentencia en estos procesos tendrá efectos generales.

-Otorgar para casos especiales, como el de contratos de adhesión en Tiempos Compartidos, un período de retracto de a lo menos 7 días.

-Aumentar a 3 meses la garantía de los servicios de reparación, igualándola a la garantía de los productos durables.

-Aumentar las multas por publicidad engañosa, hasta 750 UTM (actualmente son de 200 UTM ) y las de no información de los riesgos en el consumo hasta 1000 UTM.

-Incorporación de una cláusula general de abusividad en los contratos de adhesión, otorgándole al Juez la facultad de determinar cuándo un contrato es abusivo.

-Para las ofertas y promociones se establece la obligación de otorgar al consumidor información veraz y oportuna: plazos de las promociones, bases disponibles, montos y cantidad de premios y ofertas.

De largo aliento
Normar en materia de consumo no es tarea fácil. El trabajo ha contemplado las opiniones de distintos actores involucrados en la temática; Asociaciones de Consumidores, Cámaras de Comercio, Jueces de Policía Local, Parlamentarios, autoridades públicas y profesionales del Sernac, quienes desde su experiencia han otorgado diferentes visiones respecto a las reformas señaladas y aportado desde su labor en la sociedad, con información para sacar adelante el proyecto . Por ello, más allá de las divergencias y el largo proceso que ha significado este trabajo, la idea fuerza siempre ha sido una sola... proteger mejor y con más fuerza a los consumidores del país. El Servicio Nacional del Consumidor y su Director están convencidos que resolviendo los temas pendientes que contempla la legislación actual, el país tendrá un mejor Servicio y finalmente se podrá "Cambiar la cara a Chile en materia de Consumo".

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