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SERNAC ofició a LATAM por cancelación y reprogramación de vuelos tras huelga de tripulantes

El Servicio le solicitó a la compañía que le informe en detalle la manera en que abordará dicha contingencia, a fin de cumplir con los términos convenidos con los consumidores. Además, le requirió antecedentes respecto […]

10 de abril de 2018

  • El Servicio le solicitó a la compañía que le informe en detalle la manera en que abordará dicha contingencia, a fin de cumplir con los términos convenidos con los consumidores.

  • Además, le requirió antecedentes respecto de la cantidad de usuarios que eventualmente se podrían ver afectados, las rutas que se verían involucradas, las medidas de información y de compensación, entre otros aspectos.

El SERNAC ofició a la aerolínea LATAM para que le informe en detalle, en un plazo de 10 días hábiles, los alcances de las medidas preventivas que anunció en su sitio web, las que, a juicio de la empresa, buscarían minimizar los efectos de la huelga del Sindicato de Tripulantes de LAN Express, que comenzó hoy.

El Director Nacional (S), Andrés Herrera, explicó que, si bien se trata de un conflicto laboral, la empresa debe ser profesional, lo que implica que debe tomar todas las medidas que estén a su alcance para evitar o minimizar los efectos negativos que tendrá esta huelga entre los pasajeros.

La autoridad resaltó que tanto el Código Aeronáutico como la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) establecen que los pasajeros tienen derecho a que se le respete el servicio ofrecido, se reagenden sus vuelos o se devuelva su costo frente a la postergación o cancelación de un viaje.

Las compañías aéreas deben informar clara y oportunamente a sus clientes sobre los pormenores de la evolución de las suspensiones de vuelos y contar con planes de contingencia para este tipo de eventualidades, entre otras medidas, además de compensar a los consumidores, cuando ello proceda.

Herrera indicó también que el SERNAC está en coordinación con la Junta de Aeronáutica Civil (JAC), para monitorear el desarrollo de esta huelga, procurando que los derechos de los pasajeros no sean vulnerados.

La autoridad recalcó que los consumidores tienen el derecho a recibir información adecuada y actualizada de parte de las empresas cuando ocurren este tipo de situaciones, para poder prevenir y planificar adecuadamente o reprogramar un viaje.

Los pasajeros tienen derecho a reprogramar sus vuelos ante situaciones como las descritas, y, además, cuando el atraso es de más de tres horas, el consumidor tiene derecho a que se le devuelva todo el valor del pasaje, y desde ese punto de vista, que no se le produzca un perjuicio económico.

Los pasajeros pueden realizar las consultas a la entidad donde contrataron el servicio. Si las empresas aéreas y/o agencias de viaje no satisfacen debidamente sus inquietudes, los afectados pueden interponer sus reclamos en el Portal del Consumidor y en la página web de la JAC.

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