Consumidora Es Indemnizada Tras Sufrir Caída En Supermercado
Supermercado fue condenado al pago de una indemnización cercana a los $4 millones para una consumidora que sufrió una caída por el piso mojado del local.
08 de marzo de 2012
Supermercado fue condenado al pago de una indemnización cercana a los $4 millones para una consumidora que sufrió una caída por el piso mojado del local.
- Para el SERNAC, la sentencia confirma que los consumidores tienen derecho a compras seguras y que las empresas tomen todas las medidas para evitar accidentes.
- En abril de 2011, Elsa Carmona fue al supermercado Unimarc Recova de La Serena para comprar alimentos. Pero cuando caminaba por el sector de las frutas y verduras, se resbaló en el piso mojado sufriendo diversas lesiones, entre ellas una desviación en la muñeca que fue la que más lamentó considerando que se dedica a realizar tejidos para su venta.
- La consumidora acusa haber permanecido cerca de 15 minutos en el suelo sin recibir atención ni ayuda de parte del personal y sólo fue socorrida por su hijo que llegó ante su llamado.
- Elsa, sintió que sus derechos fueron vulnerados por el supermercado no sólo por no prestarle atención adecuada, si no también por no tener señalizado el piso resbaloso o secarlo inmediatamente para evitar accidentes por lo que decidió acudir al SERNAC, no obstante, la empresa no entregó una solución por lo que finalmente los hechos fueron denunciados a la Justicia.
- Durante el proceso, la empresa se defendió argumentando que sí se le prestó atención y que ella no quiso trasladarse al centro asistencial en espera de su hijo. Asimismo, el supermercado señaló que siempre mostró disposición para encargarse de los gastos efectivos, pero la consumidora insistió en reclamar ante el SERNAC.
- El tribunal, analizando los antecedentes, señaló que el supermercado tiene la obligación de velar por la seguridad de los consumidores manteniendo las condiciones del local y a personal idóneo para que puedan circular sin riesgos. Asimismo, determinó que la empresa fue negligente al no resguardar el paso de los consumidores en el lugar no secar oportunamente el piso para evitar accidentes.
- Por ello, se condenó al supermercado al pago de una multa de 3 UTM (más de $115 mil), y a una indemnización de cerca de $4 millones para la consumidora por todos los daños sufridos.
- Para el SERNAC la sentencia confirma el derecho básico de los consumidores a que sus compras sean seguras. Las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus locales de venta. Esto es, por ejemplo, contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que el piso esté seco, que existan salidas de emergencia, y que existan instrucciones claras de seguridad.
- Agrega que de ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna, lo que no ocurrió en este caso. Y si los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados.