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En atención de público:Sernac y SISP firman convenio bilateral

Mediante la firma de un convenio bilateral de cooperación, la Superintendencia de Isapres ingresó oficialmente al programa SERNAC FACILITA, sistema nacional unificado de atención de consultas y reclamos.

16 de enero de 2004

Mediante la firma de un convenio bilateral de cooperación, la Superintendencia de Isapres ingresó oficialmente al programa SERNAC FACILITA, sistema nacional unificado de atención de consultas y reclamos.

Mediante la firma de un convenio bilateral de cooperación, la Superintendencia de Isapres ingresó oficialmente al programa SERNAC FACILITA.

Este es un sistema nacional unificado de atención de consultas y reclamos que busca responder eficientemente a los requerimientos que presenten los consumidores en diferentes áreas, de un modo rápido, simplificado y homogéneo.

La iniciativa, responde a las orientaciones estratégicas definidas por el Gobierno Central en el marco de las políticas de relaciones de los Servicios Públicos con la sociedad civil y las políticas de Modernización del Estado.

Por ello para cumplir con esta atención integral en una sola plataforma (ventanilla), SERNAC ha decidido establecer alianzas estratégicas con diferentes instituciones públicas que tienen competencias en el ámbito de los servicios de consumo, entre las que destacan, las superintendencias de Isapres, SISP, de Administradoras de Fondos de Pensiones. AFP, de Bancos e Instituciones Financieras. SBIF, de Servicios Sanitarios. SISS, de Valores y Seguros, de Electricidad y Combustibles. SEC y la Subsecretaría de Telecomunicaciones, SUBTEL.

Estos acuerdos permitirán generar un proceso de simplificación en la gestión de derivación y respuestas de consultas y reclamos, permitiendo definir procedimientos estandarizados, criterios de transferencias homologados, tiempos de respuestas y responsables de cada gestión, en función de una política integral de satisfacción a los consumidores.

SERNAC - SISP

Los casos que las plataformas del SERNAC FACILITA transferirán a la Superintendencia de Isapres serán consultas y reclamos. En el primer caso, las consultas serán respondidas inmediatamente en forma telefónica o en un plazo máximo de 48 horas vía correo electrónico a la Plataforma originaria, con copia al correo electrónico del afiliado.

En el caso de los reclamos, se solicitará que los afiliados realicen una primera gestión ante la isapre a la que pertenecen. Una vez agotada la instancia, el Sernac podrá recibir el reclamo.

Las causales de reclamos pueden ser las siguientes:

  • cuando la Isapre haya dado una respuesta desfavorable o insatisfactoria;
  • no haya respondido en el plazo legal;
  • ha puesto término al contrato de salud;
  • se niegue a otorgar la cobertura adicional para enfermedades catastróficas
  • o existan irregularidades en la tramitación o plazos respecto de licencias médicas.

En esta eventualidad, la información será enviada por correo certificado a la Superintendencia, a la Agencia Regional más cercana., la que -desde recepcionados los antecedentes completos.- tendrá un plazo de quince días para establecer contacto con el afiliado , dando inicio al proceso de controversia.

Links Relacionados:http://www.sisp.cl

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