SERNAC DENUNCIÓ COBRO EXCESIVO DE INTERESES EN CASAS COMERCIALES
El Servicio Nacional del Consumidor, difundió un estudio que detectó el cobro de intereses en casas comerciales de la Región Metropolitana por sobre la tasa permitida legalmente.
23 de julio de 2003
El Servicio Nacional del Consumidor, difundió un estudio que detectó el cobro de intereses en casas comerciales de la Región Metropolitana por sobre la tasa permitida legalmente.
El Servicio Nacional del Consumidor, difundió un estudio que detectó el cobro de intereses en casas comerciales de la Región Metropolitana por sobre la tasa permitida legalmente. El informe, cuyos datos fueron recogidos en marzo pasado, dejó en evidencia que sólo 3 de las 13 casas comerciales encuestadas respetaron la tasa de interés máximo convencional.
El Director del Sernac, Alberto Undurraga, señaló que "presentaremos las denuncias que corresponda ante las tribunales. Los proveedores que han incurrido en dicho incumplimiento, se exponen a las multas fijadas en la ley del consumidor, las que pueden alcanzar las 50 UTM".
Por otra parte, Undurraga indicó que los consumidores que hayan sido afectados por estos cobros excesivos tienen derecho a solicitar indemnización ante el Juzgado de Policía Local que corresponda y a que les devuelvan los dineros ilegítimamente cobrados con el reajuste correspondiente.
Por la gran cantidad de usuarios de créditos de casas comerciales que podrían sentirse perjudicados y dado el bajo monto monetario que puede implicar cada caso en particular (versus el gasto procesal que implica una denuncia), Undurraga señaló que "este es un claro ejemplo en que los consumidores afectados podrían ver resuelta su situación particular con la incorporación de la defensa procesal de los intereses supraindividuales", haciendo alusión al mecanismo que propone el proyecto de reforma a la ley del consumidor que actualmente se tramita en el Senado.
El Director del Sernac llamó a los consumidores a exigir su derecho a la información antes de realizar una compra a crédito, a fin de conocer exactamente cuál será el interés cobrado -según el artículo, ya que pueden existir diferencias según los rubros de productos- y si éste excede el permitido por la ley.
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