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Sernac denuncia a salcobrand por inducir a error con catálogo de precios

La cadena Salcobrand fue denunciada por el organismo por publicitar un catálogo de precios que induce a error a los consumidores al no informar correctamente que se trata de valores disponibles sólo para clientes, entre otras deficiencias.

15 de julio de 2009

La cadena Salcobrand fue denunciada por el organismo por publicitar un catálogo de precios que induce a error a los consumidores al no informar correctamente que se trata de valores disponibles sólo para clientes, entre otras deficiencias

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  • El SERNAC denunció a la Justicia a la cadena Salcobrand por publicitar un catálogo de precios como si fuera para todo público, sin informar adecuadamente que se trata sólo para clientes de la farmacia, ni entregar la información que exige la Ley para las promociones.
  • La acción judicial se originó luego de que la cadena Salcobrand dispusiera y publicitara en sus locales de venta y página web, un catálogo de precios acompañado con la frase publicitaria "En Salcobrand, tú eliges" informando al SERNAC que se trataría de una acción que complementa su obligación de exhibir los precios y entregar información básica comercial.
  • No obstante, el SERNAC determinó que ni dicho documento ni su publicidad estaban respetando los derechos de los consumidores pues la publicidad motivaba la adquisición de sus productos al público en general, pero en la parte inferior de la misma se menciona en letra pequeña que los valores sólo serán válidos para los clientes que posean la tarjeta Redmax.
  • Por otra parte, no se trataría de todos los productos, sino de los más vendidos, según la misma cadena informó al organismo, lo que impide que el consumidor pueda ejercer correctamente su derecho a elección.
  • Asimismo, argumenta el SERNAC, pese a los esfuerzos de la cadena por dar a entender que el catálogo se trata sólo de entregar información básica comercial con respecto al precio, evidentemente se trata de una promoción por lo que debe cumplir con las normas que indica la Ley en cuanto respetar los precios informados durante el tiempo de vigencia de la misma, informar el número o stock de productos asociados y publicar las bases, lo que no se cumple en este caso.
  • Por ello, el Servicio exigió ante la Justicia las máximas multas y la corrección de la publicidad por parte de la cadena por infringir lo dispuesto en los artículos 28 y 35, ambos de la Ley del Consumidor, al inducir a error con respecto a las características relevantes del bien o servicio y no cumplir con las exigencias en materia de promoción u oferta.
  • Esto refuerza la decisión del Gobierno de tener un Reglamento de Precios y la exigencia de disponer de los productos que se venden sin receta médica delante del mesón para que sea el consumidor y no el vendedor quien elija.

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Proveedor: Salcobrand S.A

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