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Justicia declara admisible demanda contra Aguas Araucanía

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac contra la empresa Aguas Araucanía, por infringir la Ley del Consumidor, la normativa medioambiental y verter al río Cautín aguas servidas sin tratamiento y, más encima, cobrar por el servicio.

10 de abril de 2012

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac contra la empresa Aguas Araucanía, por infringir la Ley del Consumidor, la normativa medioambiental y verter al río Cautín aguas servidas sin tratamiento y, más encima, cobrar por el servicio.

  • La acción judicial se interpuso debido a cobros indebidos realizados por la sanitaria por el servicio de alcantarillado y de tratamiento de aguas servidas de la comuna de Temuco, hecho que afectó a cerca de 117 mil personas.
  • Los hechos ocurrieron en junio de 2009 cuando la Unión Comunal de Juntas de Vecinos Urbanas de Temuco, informó por escrito al SERNAC que Aguas Araucanía estaría realizando cobros indebidos por el alcantarillado y tratamiento de aguas servidas, no obstante, el servicio no se estaría prestando en su totalidad debido a los problemas de la Planta que realiza dicha función.
  • El SERNAC tomó cartas en el asunto y en resguardo de los derechos de los consumidores, exigió a la empresa una respuesta. Sin embargo, ésta desconoció la competencia del organismo para involucrarse en un ámbito regulado como es el del agua potable y rechazó estar cometiendo infracción.
  • El Servicio decidió entonces investigar más a fondo requiriendo información a todos los organismos con alguna competencia, como la Dirección de Obras del Municipio, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el Consejo Regional del Medio Ambiente, entre otros.
  • Tras la investigación, se pudo comprobar que efectivamente la empresa prestó un servicio deficiente pues había incumplido reiteradamente la normativa que regula su sector, las obligaciones relacionadas con el impacto ambiental y no contaba con los permisos correspondientes.
  • El Director Regional del SERNAC, Arturo Araya, señaló que "no hay empresas que estén por sobre la Ley. Si una empresa no entrega un servicio de calidad, realiza cobros indebidos y no responde a los consumidores compensando el daño causado, deberá responder ante la Justicia".
  • Tras conocer la decisión de Tribunal, Araya, "con este hecho el juicio propiamente tal se inicia, y se da el primer paso para que la Justicia determine las sanciones a la empresa sanitaria".
  • Agregó además que sobre las compensaciones a los usuarios afectados por Aguas Araucanía, "el tribunal será quien determine el mecanismo mediante el cual, la empresa tendría que reparar el daño causado. Ya sea a través de la devolución de los dineros, o a través de los descuentos en futuras facturaciones."

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Lugar de Chile: Región de La Araucanía

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