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Se aprueban primeras indicaciones en Comisión de la Cámara que dan obligatoriedad a la respuesta de los reclamos de consumo frente a SERNAC

Entre los artículos aprobados, se señala el procedimiento que debe seguir el Servicio al recibir un reclamo de una persona consumidora contra una empresa.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, señaló que “éste es un primer paso importante en el Proyecto y esperamos que siga avanzando y que los diputadas y diputados sigan apoyando a las personas consumidoras”.

El proyecto de ley se encuentra en su primer trámite legislativo en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados.

SERNAC Te Protege

11 de diciembre de 2024

Se aprueban primeras indicaciones en Comisión de la Cámara que dan obligatoriedad a la respuesta de los reclamos de consumo frente a SERNAC

"SERNAC Te Protege" es el nombre de proyecto de ley que tiene como objetivo fortalecer las facultades del Servicio para sancionar a empresas que infrinjan la ley y no respeten los derechos de las personas consumidoras.

Actualmente el proyecto de ley se encuentra en su primer trámite legislativo en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados, instancia donde este martes votaron las primeras indicaciones.

Indicaciones aprobadas

Es así, como se aprobaron las indicaciones que dan obligatoriedad a la respuesta de los reclamos ingresados por personas consumidoras al Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), fortaleciendo este mecanismo.

Entre los artículos aprobados, se señala el procedimiento que debe seguir SERNAC al recibir un reclamo de un consumidor contra un proveedor. Una vez ingresado el reclamo, el proveedor tendrá un plazo de 10 días hábiles (prorrogable en 10 más) para responder y proponer alternativas de solución.

Si el proveedor ofrece una propuesta y ésta es aceptada por el consumidor, se formalizará un acuerdo por escrito que tendrá carácter de transacción extrajudicial y será certificado por un funcionario del SERNAC. Este acuerdo extinguirá las acciones legales del consumidor y su incumplimiento será considerado una infracción.

En caso de rechazo por parte del consumidor o falta de respuesta del proveedor, el consumidor dispondrá de quince días hábiles para presentar una denuncia formal ante el SERNAC, ratificando el reclamo inicial. Si una mediación concluye sin acuerdo, el consumidor podrá también presentar una denuncia dentro del mismo plazo, de acuerdo con los requisitos legales establecidos.

También se aprobó que se interpongan multas de hasta 100 UTM para proveedores que no respondan reclamos en el plazo legal y de hasta 10 UTM si responden tardíamente. Además, entregar información falsa será sancionado con presidio menor, y el SERNAC derivará estos casos al Ministerio Público como denuncia formal.

Para el Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, quien expuso en la Comisión, esta aprobación es un inicio importante para mejorar la resolutividad de los problemas de las y los consumidores: "Éste es un primer paso importante en el Proyecto y esperamos que siga avanzando, y que los diputadas y diputados sigan apoyando a las personas consumidoras".

Además, Herrera destacó la voluntad de los parlamentarios que transversalmente dieron su voto a favor en la comisión.

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Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, presente en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, presente en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, presente en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Ministro de Economía, Nicolás Grau, presente en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputadas y Diputados.

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