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Se declara admisible juicio colectivo contra Din

La Justicia declaró admisible el juicio colectivo que sigue el SERNAC contra DIN (COFISA) por cobros excesivos de intereses.

21 de octubre de 2009

La Justicia declaró admisible el juicio colectivo que sigue el SERNAC contra DIN (COFISA) por cobros excesivos de intereses.

  • La Corte de Apelaciones declaró admisible el juicio colectivo llevado por SERNAC contra COFISA (DIN) en el 28 Juzgado Civil de Santiago por cobro de intereses por sobre el máximo convencional.
  • La acción contra DIN data de febrero de 2007 cuando el SERNAC quiso verificar si las multitiendas habían ajustado el cobro de intereses luego de la acción colectiva iniciada en el año 2005 y que derivó en un avenimiento en el que las empresas reembolsaron a los consumidores lo cobrado en exceso.
  • El organismo detectó entonces que DIN seguía cobrando intereses por sobre la Tasa de Interés Máxima Convencional no respetando con ello la Ley del Consumidor y afectando a cerca de 1 millón 700 consumidores con cobros indebidos.
  • El hecho de que los tribunales hayan declarado admisible esta causa significa que la acción cumple con los requisitos legales para iniciar el juicio propiamente tal. Ya declarada admisible la demanda y con la publicación de los avisos correspondientes en la prensa en el día de hoy, los consumidores afectados tienen la posibilidad de concurrir al tribunal a hacerse parte en el juicio dentro de un plazo de 30 días.
  • Lo destacable de un juicio colectivo, es que su sentencia producirá efecto para todas las personas que hayan sido perjudicadas por los hechos demandados, hayan o no reclamado.
  • Ello significa que, de ser favorable la sentencia, todos los afectados tendrán derecho a exigir las reparaciones o indemnizaciones que el tribunal ordene, acreditando su calidad de tal en el juicio.
  • Por lo prolongado que resulta la tramitación de los juicios colectivos, por cuanto hay que cumplir con tantas etapas, existe actualmente un proyecto de Ley en trámite en el Congreso que modificará la Ley del Consumidor para facilitar este procedimiento.
  • Entre otros aspectos, permitirá compensaciones automáticas una vez que existan sanciones para las empresas, los juicios serán más cortos ya que se crea un mecanismo rápido y expedito en el que la empresa pueda reconocer el error y reparar el daño, y las empresas no podrán cometer los mismos errores, lo que será vigilado por el SERNAC.

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Mecanismos de protección: Juicios colectivos y demandas

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