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Justicia declara admisible demanda contra Gimnasio Pacific Fitness

El 27° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac contra el Gimnasio Pacific Fitness presentada por al cerrar distintas sucursales sin previo aviso a los consumidores.

18 de abril de 2012

El 27° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac contra el Gimnasio Pacific Fitness presentada por al cerrar distintas sucursales sin previo aviso a los consumidores.

  • El 27° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac contra el Gimnasio Pacific Fitness presentada por infringir la Ley del Consumidor al cerrar distintas sucursales sin previo aviso a los consumidores ni la devolución de lo pagado, dándoles como única alternativa el cambio de sede.

  • El SERNAC interpuso la acción judicial en enero de 2012 tras recibir reclamos de consumidores por el cierre de este gimnasio sin previo aviso en sus sedes ubicadas en Ñuñoa (Av. Irrarázaval 801) y Macul (Av. José Pedro Alessandri 1275). A ellas se sumó el reciente cierre de su sede en Vitacura cuyos casos también serán parte de la demanda. Asimismo, la empresa infringió la Ley al contener cláusulas abusivas en sus contratos que permiten la modificación unilateral y eximirse anticipadamente de su responsabilidad ante incumplimientos.
  • La acción judicial busca las máximas sanciones para la empresa y las indemnizaciones correspondientes para los afectados. Además, el organismo recuerda a los consumidores que por tratarse de una demanda colectiva serán beneficiados todos los afectados por el caso, hayan o no presentado su reclamo en el SERNAC.
  • El organismo recuerda que las empresas tienen la obligación de entregar un servicio de calidad y respetar todas las condiciones relevantes informadas y acordadas en los contratos y no pueden desentenderse de su responsabilidad. Los consumidores eligen este tipo de servicios principalmente por su ubicación y no corresponde que una empresa cierre sus puertas sin aviso; sin reintegrar el dinero ni compensar las molestias.

Links Relacionados: http://www.sernac.cl/proteccion-al-consumidor/juicios-colectivos/iniciados-por-sernac-2/#deportes

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