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Empresas de buses debe pagar indemización

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a Pullman Cargo S.A. al pago de una indemnización de más de 2 millones de pesos a una consumidora por haber dañado durante el traslado varios muebles que la afectada habí

18 de agosto de 2010

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a Pullman Cargo S.A. al pago de una indemnización de más de 2 millones de pesos a una consumidora por haber dañado durante el traslado varios muebles que la afectada habí

  • Celia Espada encargó a una mueblería de Santiago la fabricación de un living y un comedor, los que una vez terminados y chequeados por la propia consumidora, fueron embalados y despachados hacia Antofagasta, su ciudad de residencia, utilizando los servicios de la empresa Pullman Cargo.
  • Un par de días después los muebles llegaron al domicilio de la consumidora cerca de las 18 horas. Los funcionarios de Pullman Cargo, tras advertir que estaban en la hora de término de su jornada laboral, descargaron los muebles.
  • Sin embargo, la día siguiente, cuando la consumidora empezó a desembalar los bultos, se encontró con la desagradable sorpresa que varios de los muebles venían con múltiples golpes y hendiduras, e incluso al comedor le faltaba un pedazo de madera y uno de los sitiales tenía una quebradura.
  • Tras múltiples reclamos hechos en la oficina de la empresa en Antofagasta, le informaron que la boleta de transporte incluía un seguro y que ellos se iban a contactar con la oficina central en Santiago para que solucionara el problema.
  • Según le comentó uno de los funcionarios, la empresa retiraría los muebles y los trasladaría nuevamente hasta la fábrica en la Capital para su reparación, y posteriormente los traerían de vuelta en perfectas condiciones.
  • Pasó cerca de una semana sin obtener ningún tipo de respuesta, por lo que la consumidora volvió a insistir. En este momento se logró contactar con un funcionario de Pullman Cargo en Santiago, quien le señaló que la empresa tenía un taller para reparar artículos, ofreciendo esta solución, ya que "en la boleta no se había indicado ninguna novedad por el servicio prestado", agregando que la empresa no tenía ninguna responsabilidad posterior por los daños de los muebles.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora recurrió al SERNAC, organismo que tras realizar una mediación sin resultados positivos decidió denunciar el hecho al Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta.
  • En el tribunal, Pullman Cargo S.A. rechazó nuevamente su responsabilidad en el hecho, señalando que "quien recibió la carga firmó la planilla de reparto, entendiéndose con ello que recibía conforme las mercaderías".
  • Sin embargo, el tribunal señaló que la empresa de muebles al despachar los enseres había pagado un seguro, por lo que desde el momento en que se le informó de los daños Pullman Cargo debió haberlo activado con el propósito de reparar los daños causados durante el transporte.
  • Asimismo, enfatizó el juzgado, la consumidora realizó su reclamo antes de las 24 horas desde que recibió la mercadería, es decir, ella no dejó pasar innecesariamente el tiempo para plantear su disconformidad por el servicio recibido.
  • Finalmente el tribunal señaló que Pullman Cargo "no cumplió su obligación de trasladar los bienes y entregarlos en el mismo estado en que fueron recibidos", teniendo que responder por los daños causados durante el transporte.
  • Finalmente la empresa Pullman Cargo S.A. fue condenada al pago de una indemnización de $2.006.900 a la consumidora por los daños morales. Además el tribunal le aplicó una multa de 5 U.T.M. (cerca de $180 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor al no entregar un servicio de calidad.
  • Posteriormente este fallo fue confirmado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, agregando el tribunal de alzada que la empresa, además debe reparar los muebles dañados, cumpliendo así lo establecido en el seguro que se pagó al momento de realizar el despacho.
  • Esta sentencia confirma que los consumidores tienen derecho a que se les entregue un servicio de calidad, esto es que el envío llegue al lugar señalado, que lo haga dentro del tiempo correspondiente, en buenas condiciones y que se les cobre el precio informado.
  • Además de las sanciones para la empresa por el incumplimiento de sus obligaciones, los consumidores tienen derecho a ejercer acciones indemnizatorias para reparar el daño causado.

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