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Por no cumplir lo prometido en Internet

Que las compras se hagan por Internet, no significa que sus derechos sean virtuales. Así lo confirma el fallo que condenó a una multitienda al pago de una indemnización a una consumidora por no cumplir con lo ofrecido en su web. </

24 de septiembre de 2007

Que las compras se hagan por Internet, no significa que sus derechos sean virtuales. Así lo confirma el fallo que condenó a una multitienda al pago de una indemnización a una consumidora por no cumplir con lo ofrecido en su web. </

  • Natalia Bustamante quería sorprender a su hermana regalándole un computador pantalla plana para su cumpleaños. Y encontró justo el que estaba buscando en la página de la multitienda Paris.
  • El producto llegó envuelto en papel de regalo, listo para que su hermana lo abriera, pero antes le pidió al funcionario que se quedara para comprobar que todo estaba bien. Pero él argumentó que estaba apurado y dejó el paquete cerrado. Mala decisión, porque cuando su hermana abrió su obsequio, descubrió que venía sin pantalla.
  • Natalia recibió el computador incompleto con el compromiso de la tienda que le enviaría lo que faltaba. Confiando en que el producto llegaría y que no le pasaría lo mismo dos veces, le prestó crédito a un amigo para que comprara un computador del mismo modelo.
  • Esta vez, la pantalla sí llegó, pero no era la pantalla plana prometida en la página web, sino un monitor común y corriente. En resumen, nunca llegó la pantalla que faltaba la primera vez, ni tampoco le cambiaron el computador del amigo. Pero sí se hicieron los cobros. Más encima no le entregaron la boleta por las compras hechas vía Internet.
  • Cuando Natalia le explicó la situación a la vendedora, no le solucionó el problema recibiendo además una mala atención.
  • Entonces decidió recurrir a SERNAC organismo que al no lograr una solución voluntaria de parte de la empresa, finalmente la denunció al Juzgado de Policía Local de Conchalí por considerar que se estaban vulnerando los derechos de los consumidores.
  • El Tribunal, tomando en cuenta las pruebas, decidió acoger la denuncia y condenar a la empresa al pago de 40 UTM ($1.335.000 aprox.) por inducir a engaño en la publicidad del computador; no entregar el monitor vendido a la afectada y no enviar el comprobante de la compra.
Por lo tanto, la tienda infringió la Ley del Consumidor que obliga a:
  • Respetar lo acordado y ofrecido al consumidor
  • Respetar lo que se promete en la publicidad
  • En las compras realizadas por Internet sólo se entiende el consentimiento cuando el consumidor ha tenido acceso claro y oportuno a las características de lo que está comprando y recibe una confirmación por escrito.
  • Cuando la empresa no respeta las especificaciones acordadas y convenidas con el consumidor, tiene derecho de optar a la reparación gratuita del producto, su cambio o la devolución de lo pagado hasta al menos 3 meses desde la recepción del producto.

El tribunal además acogió la demanda civil ordenando a la empresa a devolver a la consumidora los $357.120 pagados por el computador, más $500 mil como indemnización por los daños morales que sufrió al no recibir el producto que sería el regalo de cumpleaños de su hermana y la mala atención recibida por parte del personal de la tienda al reclamar sus derechos. En total, $857.120.

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