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"Los consumidores no pierden su derecho a una compensación justa por tener deudas"

El Director del SERNAC se refirió a un informe de la empresa La Polar que indicaría que la mayoría de los afectados por las repactaciones no habrían pagado su deuda base y no corresponde una compensación.

22 de marzo de 2012

El Director del SERNAC se refirió a un informe de la empresa La Polar que indicaría que la mayoría de los afectados por las repactaciones no habrían pagado su deuda base y no corresponde una compensación.

  • La autoridad reiteró que el juicio sigue su curso y será en el marco de este proceso donde se determinarán las compensaciones que correspondan.
  • El Director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio, reafirmó que en el caso La Polar los consumidores tienen derecho a ser justamente compensados y esos montos los determinará el juez y no la empresa.
  • Sus dichos son a propósito de la información difundida por la empresa La Polar en cuanto a que el 79% de los clientes repactados no habrían pagado su deuda base y en consecuencia no tendrían compensación.
  • "Los consumidores no pierden su derecho a una compensación justa por tener deudas impagas. No debemos olvidar que fue la misma práctica de la empresa de repactar a espalda de sus clientes la que los mantuvo en un círculo de deuda al aumentarle hasta 10 veces los montos. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto".
  • Agrega que "muchos clientes de la Polar que tuvieron la intención de pagar sus deudas no lo pudieron hacer porque su deuda se multiplicó, es decir, su cuota mensual fue aumentada haciéndoles imposible pagar".
  • Subraya que el SERNAC no conoce los detalles del informe, "pero esta discusión se debe dar en el marco del juicio donde la empresa podrá mostrar su voluntad de compensar el daño causado y recuperar la confianza de sus clientes" y reitera que la demanda colectiva seguirá su curso pues "aquí no se ha dicho la última palabra y será en el juicio donde se determinen las justas compensaciones".
  • Las compensaciones que deriven de la sentencia en la demanda colectiva, tienen alcance para todos los afectados, hayan o no reclamado al SERNAC. "La Ley no distingue entre el que pagó y no pagó. Los derechos son para todos y la empresa deberá entregar una compensación justa".
  • Concluye que no hay que olvidar que el rol del SERNAC es la defensa de todos los consumidores "y no se debe confundir esta función con la defensa de un interés particular. Repactar unilateralmente vulnera los derechos básicos de los consumidores como es la libertad de elegir y es eso lo que estamos defendiendo".

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