Contenido principal

"Este es el primer paso para que se compense a los consumidores como se merecen"

Desde Buenos Aires donde se encuentra participando del Foro Internacional (FIAG), el Director del SERNAC,  valoró la admisibilidad de la demanda colectiva contra la empresa la Polar presentada por el Servicio.

23 de septiembre de 2011

Desde Buenos Aires donde se encuentra participando del Foro Internacional (FIAG), el Director del SERNAC, valoró la admisibilidad de la demanda colectiva contra la empresa la Polar presentada por el Servicio.

  • La autoridad lo calificó como una buena noticia, no obstante, "este es el primer paso para que se compense a los consumidores como merecen después del daño y la angustia que sufrieron luego de que esta empresa que repactará las deudas a sus espaldas".
  • Con la resolución de admisibilidad, el 1° Juzgado Civil de Santiago en primera instancia rechazó lo expuesto por la compañía y resolvió seguir adelante con las acciones colectivas considerando que "la conducta que se persigue puede afectar el interés colectivo o difuso de los consumidores", indica el escrito.
  • Para el Director del Sernac, Juan Antonio Peribonio, queda camino por recorrer, pero espera que así como se ha declarado admisible en un plazo breve considerando este tipo de demandas, los consumidores no tengan que esperar tanto tiempo para ver resultados. "Sólo en el SERNAC se han acercado cerca de 30 mil consumidores afectados por esta empresa y sabemos que son muchos más. Cada uno de ellos merece tener la confianza de saber que las empresas en Chile no pueden pasar por sobre sus derechos".
  • Agrega que el SERNAC tomará todas las medidas necesarias para que finalmente se sancione a la empresa y se compense adecuadamente a los consumidores.
  • El Director recuerda que la demanda colectiva sigue su curso incluyendo a todos los afectados, hayan o no reclamado.

Los pasos de una demanda colectiva

Un juicio o demanda colectiva tiene dos etapas:
  1. En la primera, el Juez evalúa si la demanda es o no admisible, es decir, si cumple con los requisitos para que se pueda tramitar. Si se acepta, se entregan antecedentes, datos, documentos, esto es, se deben acompañar las pruebas por las partes que presentan la demanda. Se cierra esta etapa, con la sentencia que acoge o rechaza la demanda colectiva.
  2. En la segunda etapa, cuando la sentencia ya no se pueda modificar, se inicia la segunda etapa del juicio, que es donde los consumidores, haciéndose parte y demostrando que están entre los afectados, pueden obtener la indemnización de sus daños.

La acción judicial contra La Polar busca:

  1. Que se condene a la empresa a las máximas multas establecidas en la Ley por cada una de las infracciones.
  2. Se le ordene revertir todas las repactaciones unilaterales que se hayan efectuado indebidamente hasta antes del momento en que el consumidor incumplió su obligación.
  3. Se terminen los cobros realizados indebidamente en relación a las renegociaciones.
  4. Se condene a la empresa al pago de las indemnizaciones correspondientes.

Archivos para descargar

Dirección externa

Galería

Tags

La Encuesta