El Sernac pide al retail que indique cómo y cuándo ajustará las cláusulas de sus contratos
El SERNAC envió a todas las empresas del retail un oficio y un informe con los antecedentes legales de las cláusulas abusivas de sus contratos, exigiendo una respuesta formal de cómo y cuándo los ajustarán.
28 de septiembre de 2010
El SERNAC envió a todas las empresas del retail un oficio y un informe con los antecedentes legales de las cláusulas abusivas de sus contratos, exigiendo una respuesta formal de cómo y cuándo los ajustarán.
- Esta vez, el Sernac ha puesto la lupa en el mercado del retail y envió un oficio a todas las empresas para que indiquen cómo y cuándo ajustarán las cláusulas de sus contratos de acuerdo al informe que detectó incumplimientos.
- El análisis había sido entregado en agosto a los representantes de la Cámara de Comercio y al Comité del Retail y esta vez se les envió a todas las empresas un oficio con los antecedentes legales, exigiendo un plazo de solución, así como informar la forma en que se eliminarán o ajustarán las cláusulas de los contratos.
- Para el Sernac, este mercado tiene especial importancia considerando que dentro del mercado financiero, el retail ocupa más del 60% de los reclamos que recibe el Servicio. Más aún si se considera su masividad, pues en Chile existen más de 20 millones de tarjetas de crédito.
- El Sernac detectó que muchos de los reclamos en este mercado se refieren al cierre unilateral de cuentas, al aumento de cupos sin aviso a la repactación sin consentimiento, a las cobranzas abusivas, errores de administración y cobros indebidos, y dichos reclamos tienen su origen en las cláusulas de los contratos.
En el análisis realizado por el Sernac de los contratos del retail, se detectaron algunos de los siguientes problemas:
- Cláusulas que permiten a las empresas del retail modificar unilateralmente el contrato. Por ejemplo, que permiten imponer nuevos cobros, o cambiar el costo de las comisiones, intereses, cobros por administración y mantención de la línea de crédito.
- Cláusulas que permiten terminar el contrato por no pagar la deuda con otras empresas.
- Cláusulas donde la empresa se exime de su obligación de rendir cuentas. Por ejemplo, pueden suscribir letras de cambio y pagarés para documentar la deuda a nombre del consumidor, sin informar.
- Cláusulas que permiten a la empresa destruir talones, cupones, comprobantes, facturas o boletas de venta correspondientes a operaciones realizadas por el usuario dentro del plazo de 1 año. De esta forma, el consumidor no tendrá cómo probar en el futuro que un cobro corresponde o no.
- Cláusulas donde las empresas se eximen de la obligación de indemnizar a los consumidores en caso de errores o donde se hace responsable a los consumidores por las consecuencias del robo, hurto o extravío de la tarjeta.
- El Director Nacional del Sernac, Juan Antonio Peribonio, indicó que "llegó el turno del retail y la hora de solucionar los problemas de raíz" y enfatizó que en este mercado, las reglas del juego las establece la Ley del Consumidor.
- "Las empresas del retail ya saben de la enfermedad, conocen los síntomas y ahora necesitamos saber cuál será el remedio", señaló.