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Presidenta Michelle Bachelet firmó proyecto de ley que dará mayores facultades al SERNAC para proteger derechos de los consumidores

El SERNAC tendrá facultades de fiscalizar, sancionar, elaborar normativas e interpretar la Ley de Protección al Consumidor. El proyecto incluye nuevas potestades para fortalecer el trabajo de las Asociaciones de Consumidores. [slideshow id=12] La Presidenta […]

02 de junio de 2014

  • El SERNAC tendrá facultades de fiscalizar, sancionar, elaborar normativas e interpretar la Ley de Protección al Consumidor.

  • El proyecto incluye nuevas potestades para fortalecer el trabajo de las Asociaciones de Consumidores.

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La Presidenta de la República, Michelle Bachelet, firmó el proyecto de ley que fortalecerá la institucionalidad del SERNAC, dotándola de mayores facultades y recursos para cumplir con su misión de proteger los derechos de los consumidores.

En la actividad, realizada en las oficinas de atención del SERNAC ubicadas en Teatinos 333 en Santiago, estuvieron presentes diversas autoridades, entre ellas, el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes; el Ministro de Hacienda, Alberto Arenas; la Ministra Secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón; el Ministro de Justicia, Juan Antonio Gómez; la Presidenta del Senado, Isabel Allende, el Presidente de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Fuad Chahin; la Subsecretaria de Economía, Katia Trusich; el Director Nacional (PT) del SERNAC, Ernesto Muñoz; y representantes de Asociaciones de Consumidores.

En la ceremonia, la Presidenta de la República explicó que en su Gobierno la protección de los consumidores es una prioridad, razón por la cual se incorporó esta reforma como una de las tareas a realizar dentro de los primeros 100 días de mandato.

La máxima autoridad agregó que este proyecto tiene como objetivo dotar al SERNAC con facultades que le permitan fiscalizar, dictar normativas de carácter general, sancionar e interpretar la Ley de Protección al Consumidor, herramientas que le ayudarán a cumplir con su cometido de manera eficaz.

La Presidenta Michelle Bachelet agregó que este proyecto considera el aumento de las multas que contempla la Ley, porque hoy los montos no son suficientes para evitar posibles infracciones ni tampoco se condice, en la mayoría de los casos, con la gravedad de las infracciones.

En algunos casos aumentaremos las multas al doble, en otras a 10 veces. Lo importante es que quede claro que los buenos negocios no pueden ser a costa de la buena fe de las personas, explicó la Mandataria.

La Presidenta Bachelet señaló también que, más allá de lo que puede y debe hacer el Estado, la promoción y defensa de los derechos de los consumidores es más efectiva cuando las propias personas organizadas hacen oír su voz.

En este sentido, este proyecto potencia el rol esencial que las Asociaciones de Consumidores cumplen, aumentando los recursos del Fondo Concursable existente para que estas puedan representar y defender los intereses de los consumidores frente a tribunales ordinarios.

Por su parte, el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, agregó que "este proyecto de ley que fortalece al SERNAC y que además potencia a las Asociaciones de Consumidores nos va a permitir mejorar sustancialmente la defensa de los derechos de los consumidores".

El Director Nacional (PT) del SERNAC, Ernesto Muñoz, añadió que la relevancia que le está dando la Presidenta de la República a la defensa de los derechos de los consumidores es un motivo de orgullo para todos los ciudadanos.

"Este proyecto de ley nos permitirá contar con un SERNAC de clase mundial, pues nos entrega las facultades que existen en jurisdicciones de países desarrollados y los recursos necesarios para cumplir efectivamente con nuestra misión de defender los derechos de los consumidores del país, especialmente de los más vulnerables, tarea que llevaremos adelante con la mayor de nuestras fuerzas y energías", expresó Muñoz.

El proyecto de ley firmado por la Presidenta de la República ingresó a tramitación al Congreso Nacional esta semana.

ALCANCES DEL PROYECTO:

1.- Fortalecimiento del SERNAC

Este proyecto propone un cambio en el rol del SERNAC, dotando al Servicio de las facultades para fiscalizar, sancionar, interpretar la Ley y dictar normas de carácter general.

2.- Eliminación de la competencia de los Juzgados de Policía Local para resolver los conflictos en el ámbito del interés individual del consumidor

Actualmente el SERNAC cumple un rol mediador entre los consumidores y las empresas, pero no cuenta con poder disuasorio. Por ejemplo, actualmente el SERNAC lo que hace es poner en conocimiento de la empresa el reclamo; ésta puede acoger la queja; rechazarla o no responder.

En caso que la empresa rechace o no responda el reclamo, el SERNAC le informa al consumidor de este hecho, indicándole que le asiste el derecho de denunciar y/o demandar civilmente al proveedor ante el Juzgado de Policía Local (JPL) competente.

No obstante, recurrir al JPL no es una solución eficaz debido a que este tipo de tribunales no son especialistas; y resulta un trámite costoso y engorroso para los ciudadanos.

Con esta nueva reforma, los consumidores podrán interponer sus denuncias directamente en el SERNAC, y en caso de existir hechos que puedan ser constitutivos de infracción a la Ley de Protección de los Consumidores, el Servicio instruirá una investigación

Esta investigación se desarrollará siguiendo los estándares de un debido proceso legal y, en caso que logre comprobarse la infracción, será el mismo SERNAC quien sancione a la empresa con una multa.

En caso que el proveedor no esté conforme con la resolución, podrá impugnar la multa a través de los recursos que establece esta reforma, sometiendo la decisión en última instancia a los tribunales ordinarios.

Independiente que el Sernac establezca una multa al proveedor, si el consumidor estima que este debe indemnizarlo, podrá recurrir a un tribunal ordinario.

3.- Fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores

Más allá de lo que puede y debe hacer el Estado, la promoción y defensa de los derechos de los consumidores es más efectiva cuando las propias personas organizadas hacen oír su voz.

Por eso, el proyecto se hace cargo de apoyar a la Sociedad Civil organizada y representada por las Asociaciones de Consumidores, aumentando los recursos del Fondo Concursable. Esto para la representación y defensa de los intereses individuales, difusos y colectivos de los consumidores, en caso de recurrir a tribunales ordinarios, para obtener reparaciones o indemnizaciones por parte de los proveedores.

Hay que recordar que las Asociaciones de Consumidores son organizaciones independientes, constituidas por personas naturales o jurídicas, cuyo objetivo es proteger, informar, y educar a los consumidores y asumir la representación y defensa de sus afiliados.

El proyecto deroga la prohibición a las Asociaciones de Consumidores de desarrollar actividades lucrativas, las cuales hasta hoy sólo pueden limitarse al financiamiento o recuperación de costos en el desarrollo y cumplimiento de actividades que les son propias.

4.- Incremento de las multas por infracción a la normativa de protección de los derechos de los consumidores

El proyecto aumenta las multas que contempla la Ley porque hoy los montos no son suficientes para evitar posibles infracciones ni tampoco se condice, en la mayoría de los casos, con la gravedad del atropello.

Por ejemplo, la multa más alta actualmente es de 1.000 UTM, unos 42 millones de pesos, para los casos de publicidad engañosa que terminen por afectar la salud o la seguridad del consumidor o del medio ambiente. Este proyecto triplica el monto máximo de esta multa. En otros casos se aumenta al doble; en otras a seis veces.

5.- Reparación íntegra de los daños causados a los consumidores

Actualmente, en un juicio colectivo por una infracción que afecte a un grupo de consumidores, existe la restricción legal de poder solicitar indemnizaciones por daño moral.

Este proyecto elimina estas restricciones, permitiendo una reparación íntegra de los daños causados.

6.- Aumento en los plazos de prescripción extintiva de acciones que persigan la responsabilidad contravencional

Hoy la Ley del Consumidor establece que los consumidores tienen un plazo de 6 meses para recurrir ante la justicia en caso de haber sufrido una vulneración de sus derechos. La reforma plantea que este período de prescripción se amplíe a 2 años.

Además, el proyecto aclara el momento desde el cual se comienza a contar el plazo, estableciendo que, para el caso de los dos años se hará desde que la infracción "haya cesado" y no desde que se "haya producido", como es hoy en día.

7.- Nombramiento del Director Nacional

El cargo de Director Nacional va a seguir siendo nombrado por Alta Dirección Pública, pero con requisitos mucho mayores para proponer a los candidatos.

Asimismo, se limitan las causales para que se pueda remover al Director Nacional, de manera que el SERNAC va a tener las facultades, los recursos y la independencia para cumplir de manera adecuada con sus funciones.

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