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Queda firme la propuesta compensatoria del Sernac para el caso La Polar

Con esto, la multitienda deberá informar prontamente a sus clientes las medidas para llevar a la práctica el plan compensatorio para el casi millón de clientes afectados.

28 de diciembre de 2012

La propuesta compensatoria presentada por el Sernac para compensar a los afectados por el caso La Polar -acogida el 10 de diciembre de 2012 por el Primer Juzgado Civil de Santiago- quedó firme y ejecutoriada el 28 de este mes, con lo que la multitienda deberá informar prontamente a sus clientes las medidas para llevarla a la práctica.

Si bien en las últimas horas se había informado que el tribunal habría tramitado un recurso de apelación presentado por la Liga Ciudadana de Defensa de los Consumidores de Chile -el que, en todo caso, no paralizaba la implementación del plan compensatorio de 685 millones de dólares que debe accionar la multitienda para compensar a cerca de un millón de afectados-, finalmente, la organización desistió.

El desistimiento dejó sin efecto el recurso, por lo que la sentencia ya no puede ser modificada.

Con esto, La Polar tendrá que informar prontamente y en detalle a los consumidores afectados cómo va a implementar de manera rápida y expedita el plan compensatorio.

Cuando el tribunal acogió la propuesta del Sernac, la consideró adecuada, suficiente y que cumple con la ley y que el plan compensatorio no es discriminatorio e incluye a todos los consumidores afectados.

Principales beneficios del plan compensatorio

  • Compensación para todos y pago del costo del reclamo: el plan incluye a todos los consumidores afectados, hayan o no participado del juicio. Además, a quienes reclamaron al Sernac (41 mil consumidores, aprox.) se les pagará el costo del reclamo.
  • Anulación de cobros ilegales a afectados por repactaciones unilaterales: se aplica hayan pagado o no los afectados, con lo que la deuda vuelve al monto original (previo a la primera repactación unilateral) sin intereses abusivos, cobros por mora, cargos por mantención, administración, cobros por seguros ni comisiones de cualquier tipo. Cálculo de la deuda original, con tasa de interés preferencial. Además, de acogerse al plan, los afectados podrán optar a una rebaja adicional del 30% de esta tasa y pagarla a 36 meses sin intereses ni reajustes.
  • Equipo de profesionales para resolver controversias: si hay consumidores que no estén de acuerdo con los cobros reflejados en su estado histórico de cuenta o reliquidación de su deuda, tendrán acceso gratuito a un sistema de árbitros y mediadores para resolver el reclamo más allá de las compensaciones. Este sistema es pagado por la empresa, imparcial y designado según el listado de árbitros y mediadores disponible y publicado en Sernacfinanciero.cl.
  • Derecho a exigir indemnización adicional: aún aceptando la propuesta compensatoria, los consumidores no perderán el derecho a exigir indemnizaciones por la vía individual si sufrieron un daño mayor. Esto, gracias a una indicación escrita del Sernac.

A partir de esta resolución, la empresa informará prontamente cómo se implementará de manera rápida y expedita este plan de compensación.

El tribunal indicó que la propuesta del Sernac cumple con la ley, es completa, no es discriminatoria e incluye a todos los consumidores afectados.

Dudas y consultas: si bien el Sernac informará oportunamente a los consumidores de los avances del juicio, los afectados pueden hacer sus consultas llamando al 600 594 6000.

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