Por no responder ante robo de vehículo
Consumidora fue indemnizada luego de que robaran su vehículo desde el estacionamiento del estadio Monumental durante un partido de Colo Colo.
08 de agosto de 2008
Consumidora fue indemnizada luego de que robaran su vehículo desde el estacionamiento del estadio Monumental durante un partido de Colo Colo.
- El 4 de octubre de 2007, se jugaba un esperado partido entre Colo-Colo y Millonarios de Colombia y Álvaro Jorquera no quiso perdérselo.
- Entusiasmado fue hasta el Estadio Monumental en el vehículo de su hermana Jimena y para disfrutar del espectáculo tranquilo, pagó $1.000 para dejarlo en el estacionamiento del interior del recinto. Pero cuando regresó, al sinsabor de la derrota se sumó la sorpresa de descubrir que el auto ya no estaba.
- Después de estampar la denuncia en Carabineros, se acercó a los guardias exigiendo el video de seguridad, pero le informaron que no tenían cámaras así que no había registro alguno. Sin embargo, lo tranquilizaron diciéndole que no se preocupara pues la empresa Blanco y Negro respondería por los daños y lo contactaría, cosa que nunca ocurrió.
- En vista de la falta de solución, Álvaro decidió ejercer sus derechos como consumidor en el Juzgado de Policía Local de Macul.
- Durante el proceso, la empresa argumentó que no les constaba el robo del vehículo pues los estacionamientos tenían medidas de seguridad como guardias, cierres perimetrales, buena iluminación y acomodadores.
- Afirmaron que durante el partido, las entradas y salidas eran controladas y sólo se podía salir exhibiendo la boleta o comprobando la propiedad del auto.
- No obstante, el juez, tras analizar los antecedentes, concluyó que el consumidor pagó por la custodia del vehículo confiando en que se trataba de un recinto cerrado que contaba con acomodadores y guardias.
- Por lo tanto, pagó por una oferta de seguridad inherente al servicio que no se cumplió, ya que las medidas para evitar el robo fueron insuficientes.
- Finalmente, el tribunal determinó que Blanco y Negro cometió infracción a la Ley del Consumidor al no respetar lo acordado y no entregar un servicio de calidad, lo que implica en este caso, el resguardo del vehículo.
- Por ello, la empresa fue condenada al pago de una multa de 15 UTM (cerca $540 mil) más una indemnización de $1 millón 650 mil para la hermana del consumidor que figuraba como dueña del auto.
- La sentencia confirma una vez más que reclamar sirve y que los consumidores tienen derecho a que las empresas tomen todas las medidas para no causarles daño ni a su persona ni a sus bienes. De lo contrario, deben indemnizarlos por todo el daño que cause su incumplimiento.