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Sello Sernac

El Sello SERNAC certifica que: los contratos están ajustados a la Ley, que la empresa cuenta con un sistema expedito de atención de reclamos y que si el consumidor no queda conforme, podrá recurrir a un mediador o árbitro.

El Sello SERNAC certifica que los contratos estén ajustados a la Ley, que la empresa cuente con un sistema expedito de atención de reclamos y que, si el consumidor no queda conforme, podrá recurrir a un mediador o árbitro.

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Rediseño del estado de cuenta tarjetas de crédito

14 de mayo de 2021

El SERNAC, junto al Ministerio de Economía e investigadores del Instituto Sistemas Complejos de Ingeniería, diseñó un nuevo estado de cuenta de tarjetas de crédito que simplifica la información para que los consumidores puedan entenderla y tomar mejores decisiones financieras.

SERNAC propone normativa de rediseño del estado de cuenta de tarjetas de crédito

SERNAC propone normativa de rediseño del estado de cuenta de tarjetas de crédito

14 de mayo de 2021

El SERNAC, junto al Ministerio de Economía e investigadores del Instituto Sistemas Complejos de Ingeniería, diseñó un nuevo estado de cuenta de tarjetas de crédito que simplifica la información para que los consumidores puedan entenderla y tomar mejores decisiones financieras.

La propuesta, que además fue sometida a consulta pública, se diseñó en base a un experimento en el que participaron más de mil personas, basado en las ciencias del comportamiento que identifica los incentivos necesarios para su lectura y correcta comprensión.

Rediseño del estado de cuentas tarjetas de crédito

imagen-portada-campana-difusion-de-reglamentos-sernac-financiero-octubre2012

Nueva campaña difunde Sello Sernac para contratos y herramientas más simples para entender cuentas y cotizar créditos

02 de octubre de 2012

Contratos sin letra chica ni cláusulas abusivas, estados de cuenta más claros y una herramienta para cotizar con rapidez los créditos de consumo son los mensajes de esta nueva iniciativa del Sernac. Conozca los detalles y materiales de la campaña, en esta nota.

Se abren solicitudes para Sello Sernac

03 de agosto de 2012

Las instituciones financieras ya pueden inscribirse para obtener el Sello SERNAC que certifica que los contratos están ajustados a la Ley, que la empresa cuenta con un sistema expedito de atención de reclamos y que si el consumidor no queda conforme, podrá recurrir a un mediador o árbitro.

¿Cómo funciona el sistema de mediación y arbitraje financiero?

  • Cuando corresponda, mediadores y árbitros financieros serán elegidos de una nómina elaborada por el Sernac, de común acuerdo entre el proveedor y el consumidor, dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la queja o reclamo del consumidor ante la respuesta del Servicio de Atención al Cliente.
  • De no haber acuerdo en el plazo señalado, el consumidor podrá requerir al Sernac que designe al mediador o al árbitro, según corresponda, mediante un sistema de asignación.
  • El mediador será competente para un asunto o materia cuya cuantía no exceda las 100 UF.
  • Si la cuantía supera las 100 UF, el competente para conocer ese reclamo será un árbitro financiero.
  • La mediación debe concluir dentro de los 30 días hábiles siguientes a la aceptación del nombramiento del mediador. La resolución deberá cumplirse en el plazo de 15 días hábiles contados desde la aceptación de ambas partes de la resolución ante un ministro de fe del Sernac u Oficial del Registro Civil del domicilio del consumidor.
  • Si transcurre dicho plazo sin que las partes acepten la propuesta del mediador, el consumidor puede ejercer las acciones que le confiere la ley ante el juez competente o solicitar al Sernac que designe a un árbitro financiero.
  • El árbitro financiero puede ordenar la intervención de un abogado para garantizar la defensa del consumidor. El árbitro financiero dictará sentencia dentro de los 90 días siguientes a la aceptación de su cargo. La sentencia deberá cumplirse dentro de 15 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para interponer el recurso de apelación.

¿Cuánto me va a costar reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente o ante un mediador o un árbitro?

Los Servicios de Atención al Cliente, así como los mediadores y árbitros financieros son gratuitos para el consumidor.

La empresa que tenga el Sello Sernac debe pagar por él a través del Sernac y no en forma directa, lo que garantiza su independencia.

¿Cómo sé que ingresé al registro?

Semestralmente se publicará una Resolución Exenta en el Diario Oficial y en el sitio web del SERNAC, con el listado de los nuevos ingresos, eliminados, renuncias voluntarias y actualización del Registro de Mediadores y/o Árbitros Financieros. Además, de la notificación mediante el envío de la Resolución Exenta al domicilio registrado.

¿Cuánto tiempo dura mi inscripción en el registro?

La vigencia de la inscripción en el Registro de Mediador y Árbitro Financiero, tiene una duración de 5 años calendario, por lo cual, los Mediadores y Árbitros Financieros deben acreditar que continúan cumpliendo los requisitos para permanecer en la nómina antes del vencimiento de su registro en la misma.

Para actualizar la inscripción en el Registro de Mediador y Árbitro Financiero, deberán hacer llegar al SERNAC:

  • Declaración jurada y firmada ante notario de no estar afectos a los impedimentos señalados en el artículo 50 o 51 del Reglamento Sobre Sello SERNAC, según el caso.
  • Certificado actualizado de antecedentes penales emitido por el Servicio de Registro Civil.

¿Puedo renunciar al registro?

Sí, puede renunciar al registro de Mediador y/o Árbitro Financiero.

Para realizarlo, deberá enviar una carta firmada a la Dirección Regional correspondiente a su domicilio, indicando en esta carta los motivos por los cuales renuncia a este registro.

¿Debo enviar actualizaciones de mis antecedentes?

Mediadores y Árbitros deben informar al SERNAC por escrito de cualquier cambio o modificación de los antecedentes o condiciones que permitieron su incorporación en el registro respectivo. Esta solicitud se verá reflejada en la siguiente actualización de la nómina respectiva.

La presentación debe realizarse en la oficina de partes de la Dirección Regional respectiva, dirigida a la Subdirección de Consumo Financiero (en el caso de Santiago se debe presentar directamente en Oficina de Partes ubicada en Teatinos N° 50, primer piso).

  • Siempre en el mes de marzo de cada año, deberán hacer llegar al SERNAC:
    • Declaración jurada y firmada ante notario de no estar afectos a los impedimentos señalados en el artículo 50 o 51 del Reglamento Sobre Sello SERNAC, según el caso.
    • Certificado actualizado de antecedentes penales emitido por el Servicio de Registro Civil.
  • Cada vez que exista alguna modificación en los datos personales
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