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Cobranzas extrajudiciales

La cobranza es un acto regulado por la ley. No puede afectar tu vida familiar ni tu situación laboral.

Recuerda que si sientes vulnerados tus derechos en los casos de cobranzas, puedes ingresar un reclamo en el Portal del Consumidor del SERNAC con la opción "No me hostiguen cobranzas".

Tus derechos en cobranzas extrajudiciales

  • Las empresas, al realizar acciones de cobranza extrajudicial, no pueden informar a otras personas sobre su deuda, como a los familiares o el jefe. Es decir, está prohibida cualquier conducta que afecte su privacidad o situación laboral.
  • Los llamados de cobranza sólo se pueden realizar de lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas.
  • Las empresas no pueden remitir ninguna clase de documento, mensaje o comunicación que sea, aparente ser o haga referencia a un escrito, resolución o actuación judicial.
  • La Ley prohíbe que las empresas que realizan cobranzas extrajudiciales acosen u hostiguen a los consumidores. Sólo pueden realizar una visita o una llamada telefónica a la semana. Adicionalmente, pueden realizar otras dos gestiones remotas durante la semana, separados por al menos en dos días, por ejemplo, enviar correos, correos electrónicos, SMS o mensajería instantánea.
  • Los consumidores tienen derecho a pagar su deuda directamente a la empresa a la que le debe.
  • Los gastos de cobranza deben respetar los topes establecidos en la ley. Para ello te invitamos a conocer la Calculadora de Cobranzas
  • Derecho a que le exijan los gastos de cobranza sólo después de 20 días. En caso de verse en la necesidad de repactar una deuda, los consumidores tienen derecho a:
    • La repactación de una deuda debe ser expresamente aceptada por el consumidor.
    • Las nuevas condiciones establecidas en la repactación, como cobros y plazos, deben respetarse.
    • Que un consumidor tenga deudas impagas no es razón para que las empresas cambien sin permiso lo establecido en el contrato y renegocien la deuda vencida.
    • No importa si la nueva forma de pago es más beneficiosa para el deudor; la empresa tiene igualmente obligación de pedir su consentimiento y respetar lo convenido.
    • Al repactar se generan nuevos plazos y condiciones por lo que la deuda deja de estar vencida. Por ello, la empresa debe sacar de los registros de morosidad como DICOM al consumidor que esté pagando sus cuotas y detener las acciones judiciales de cobranza.
    • La repactación encarece la deuda por los intereses, gastos de cobranza y mayor plazo. No obstante, los consumidores que aceptan una reprogramación de su deuda tienen derecho a que no se les cobre intereses por sobre la Tasa de Interés Máxima Convencional ni los gastos de cobranza superen los topes establecidos en la ley.

Calculadora de Gastos de Cobranza

Con esta herramienta que pone a disposición el SERNAC, las y los consumidores con deudas atrasadas puedan calcular de manera fácil la gestión de cobranza. Recuerda que la Ley del Consumidor establece una serie de derechos para los consumidores en materia de cobranzas extrajudiciales, entre ellos, que las empresas sólo pueden aplicar cobros por concepto de gastos de cobranzas transcurridos los primeros 20 días de atraso de la deuda y sólo se puede llegar a exigir montos proporcionales por gastos efectivos con los topes máximos que establece la Ley.

Además, esta herramienta calcula los intereses moratorios para el período, que habitualmente representa el mayor costo en caso de deuda atrasada, monto que se aplica desde el primer día de mora.

Usa la Calculadora

¿Cómo funciona la Calculadora de Gastos de Cobranza?

La calculadora considera el valor de la UF durante el día en que se usa esta herramienta, por lo que el resultado de ese monto puede variar, según el día en que se efectúe el pago y las condiciones particulares de su deuda. Revisa este video tutorial:

¿Qué son las gestiones útiles de cobranza?

Son las acciones que realiza la empresa para cobrar la deuda, comunicándose con el o la deudora a través de diversos medios. Por ejemplo:

  • Envío de mensajes (SMS, aplicaciones, correo electrónico)
  • Cartas certificadas
  • Llamados telefónicos
  • Visitas al domicilio

El gasto por las gestiones de cobranza, se carga al total de la deuda, y debe corresponder a gestiones efectivamente realizadas por la empresa, es decir, el costo real por realizar alguna(s) de las acciones mencionadas, considerando los honorarios de los profesionales o ejecutivos que las realizan.

Los montos por gastos de cobranza, que las empresas pueden cargar al consumidor o consumidora, tienen un tope, regulado por ley:

  • Un 9% en caso que la deuda morosa sea inferior a 10 UF (alrededor de $306 mil aproximadamente).
  • Un 6% por la parte de la deuda que exceda las 10 UF y las 50 UF (entre $306 mil y 1 millón 534 mil aproximadamente).
  • Un 3% por la parte de la deuda que exceda sobre 50 UF (desde 1 millón 534 hacia arriba).

Ten en cuenta que:

  • Las empresas deben realizar, a lo menos, una gestión útil sin cargo para el deudor dentro de los primeros 15 días siguientes a cada vencimiento impago.
  • Si la empresa no realiza una gestión útil, indicando que la persona está atrasada en el pago, dentro de los 15 primeros días de morosidad, deberá rebajar los gastos de cobranzas en 0,2 UF respecto del cobro efectivo que autoriza la ley.
  • Por otro lado, los gastos de cobranza extrajudicial sólo se aplican sobre el valor de la cuota vencida, y no sobre el total de la deuda.
  • Asimismo, los consumidores tienen derecho a solicitar a la empresa el detalle de los gastos de cobranza que le estén cobrando, señalando cada gestión y concepto incluido, así como los porcentajes límites por cada tramo.

Cómo renegociar una deuda morosa

En caso de caer en sobreendeudamiento, los consumidores tienen la posibilidad de ponerse al día.

Para ello, las personas con deudas morosas pueden acceder a procedimientos administrativos y gratuitos de renegociación y liquidación a cargo de la SUPERIR, mediante los cuales tienen la posibilidad de renegociar las deudas, para pagar en nuevas condiciones, considerando su real capacidad de pago.

El trámite de renegociación en la SUPERIR es gratuito, por lo que es importante fijarse a la hora de contratar los servicios de empresas que prometen ayudar o defender a los deudores exigiendo un cobro por algo que en el Estado no tiene costo.

Al acceder a este procedimiento, el deudor se compromete ante todos sus acreedores, con la mediación de la SUPERIR, a regularizar su situación en nuevas y mejores condiciones de pago, recibiendo mayores plazos de cumplimiento, tasas de interés más bajas o incluso perdonazos de cuotas atrasadas, entre otros beneficios.

Para acceder a renegociar la deuda morosa, los consumidores deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años, con cédula vigente, con o sin contrato de trabajo.
  • Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días y que en total tus deudas atrasadas sumen más de 80 U.F.
  • No haber sido notificado de una demanda judicial por deuda.
  • No haber emitido boleta de honorarios en los últimos 24 meses.
  • Tener la voluntad de pagar y ordenar las deudas.

¿Cómo y cuándo puedo reclamar por cobranzas indebidas?

Si tus derechos han sido vulnerados, haz un Reclamo en el SERNAC:

Adicionalmente, en el Portal del Consumidor habilitamos la opción "No me hostiguen cobranzas", creada especialmente para los casos de cobranzas. ¿Cómo hacerlo?

  1. Ingresa al Portal del Consumidor con tu ClaveÚnica o clave del SERNAC.
  2. Selecciona Reclamo y escoge "No me hostiguen cobranzas".
  3. Acepta las condiciones detalladas en el cuadro emergente.
  4. Cuando tengas todos los campos requeridos con la información de tu caso, selecciona Enviar.

Recuerda que la opción de "No me hostiguen cobranzas" aplica si hay:

  • Cobro reiterado de una deuda
  • Cobro de una deuda que ya pagó.
  • Cobro de una deuda de otra persona o que desconoce.
  • Cobro de una deuda morosa que ya le fue notificada judicialmente.
  • Cobro de una deuda que está siendo renegociada o liquidada con la SUPERIR.