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¿Cómo superar el "Abismo de la Deuda"?

¿Qué hacer con las deudas y evitar el sobreendeudamiento? A continuación se presentarán algunos tips que contiene la Guía Explicativa de Sobreendeudamiento, en la que podrás saber qué sucede una vez que incurres en atrasos o no pagas tus deudas, así como los derechos que tienes en esas situaciones.

08 de octubre de 2019

El Abismo de la Deuda

Conmemoración de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento

La Ley de Insolvencia y Reemprendimiento cumple 5 años con un balance de 19 mil procedimientos. En este tiempo, 10 mil personas han optado por la liquidación y más de 5 mil se han visto beneficiadas con la renegociación, un procedimiento simple, gratuito, que no requiere contratar un abogado y que permite lograr un acuerdo de pago con todos los acreedores de una sola vez, en mejores condiciones que recibiría si repactara con cada uno de ellos por separado.

Tus derechos en cobranza judicial

  • La empresa que otorgó el crédito, deberá siempre realizar al menos un aviso para recordarte el atraso de tus pagos (dicha gestión es gratuita y se denomina gestión útil).
  • La cobranza extrajudicial NO puede considerar el envío de documentos que aparenten ser escritos judiciales.
  • La empresa puede informar acerca de la deuda sólo al deudor, y está prohibido comunicarla a terceros.
  • La empresa sólo puede visitar o llamar al consumidor entre las 8 y 20 horas en días hábiles (lunes a sábado y no feriados).
  • La cobranza debe respetar la privacidad del hogar, la convivencia normal de sus miembros y la situación laboral del deudor.

Conceptos que debes manejar

  • Interés: es el precio que se debe pagar por un crédito.
  • Impuestos: cantidad d e dinero que hay que pagar obligatoriamente al Estado, y su pago depende del tipo de crédito que se contrate. Por ejemplo, en el caso de Créditos de Consumo se debe pagar el "Impuesto de Timbres y Estampillas".
  • Seguros: Son instrumentos financieros que ayudan a reducir la incertidumbre económica sobre el futuro. Se debe firmar un contrato (póliza) con la entidad respectiva, en la cual la persona que toma el seguro se compromete a pagar una determinada cantidad de dinero (prima), garantizando cierto pago futuro, en la eventualidad que ocurra alguna circunstancia estipulada en la póliza. Existen seguros voluntarios y otros obligatorios, dependiendo de el tipo de crédito. Por ejemplo, en el caso de un Crédito Hipotecario el seguro de incendio es obligatorio.
  • Otros Cargos: son otros importes que debe hacerse cargo el solicitante del crédito para el otorgamiento del mismo. Por ejemplo, gastos notariales.
  • Costo Total del Crédito: Indica en pesos cuánto terminará pagando en caso de que contrate el crédito, tomando en consideración todos los gastos asociados.

A la hora de tomar un crédito

  • Antes de contratar, fíjate en el número y el valor de las cuotas, no sólo en el Costo Total del Crédito.
  • Ten en cuenta que si escoges pagar una cuota con un valor pequeño, el crédito estará asociado a un mayor número de cuotas, aumentando el Costo Total del Crédito.
  • Si eliges pagar una cuota con un valor alto, el crédito estará asociado a un menor número de cuotas, disminuyendo el Costo Total del Crédito.
  • Asegúrate de contratar un crédito cuyo monto de la cuota mensual puedas efectivamente pagar.

¿Cómo saber si estás sobreendeudado?

Cuando tus ingresos no son suficientes para cubrir las deudas y los gastos básicos de consumo (alimentación, arriendo o dividendo, vestuario, salud, transporte, luz, agua, gas, telefonía, internet, entre otros).

¿Cómo evitar sobreendeudarte?

  • Debes ser ordenado.
  • Haz un presupuesto que identifique los ingresos y los gastos básicos de consumo.
  • Usa la Calculadora de Presupuesto Familiar y planifica la cantidad mensual de dinero que puedes destinar al pago de tus deudas.
  • Paga tus cuotas antes de la fecha de vencimiento y así evitarás cobros adicionales, como son el Interés Moratorio, los Gastos de Cobranza Extrajudicial, la Capitalización de Intereses y las Costas Judiciales (en caso que haya un procedimiento en Tribunales).

¿Conviene el pago mínimo?

El pago mínimo es la cantidad de dinero más baja que la empresa permite pagar en cada período de pago, sin entrar en una situación de morosidad.

Pero atención, si bien es una opción que permite realizar un pago más bajo que el de la cuota, debes considerar que solamente pagas una parte, por tanto, el resto de la cuota seguirá generando intereses hasta el día del pago efectivo de la deuda. Por lo tanto, si pagas el mínimo, te endeudas al máximo.

La recomendación es siempre pagar el total facturado de la tarjeta de crédito o abonar un porcentaje mayor al pago mínimo, con la finalidad de ir reduciendo el capital de la deuda, y que no se transforme en una deuda eterna para el consumidor.

¿Cómo reorganizar tu deuda?

  • Reprogramación o Refinanciamiento: Si la deuda está al día, puedes solicitas un crédito que cubra el total de las deudas que tienes. Así, adquirirás una nueva deuda, la cual podría tener plazos más convenientes o cuotas más cómodas para ti.
  • Repactación: Es un procedimientos con deuda atrasada. En este caso, puedes acercarte a la misma entidad con quien tienes la deuda para poder negociar plazos y valor cuota que te acomoden más.

¿Qué hacer si no puedes pagar tus deudas?

La insolvencia es la situación económica en que te encuentras cuando sus deudas superan tu capacidad de pagarlas.

¿A quién acudir si caes en insolvencia?

A la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento para que te oriente acerca de las etapas y procedimientos aplicables a tu caso, y así buscar una solución a su situación de insolvencia.

Existen distintos procedimientos que permiten ordenar las deudas y que además entregan una oportunidad de comenzar de nuevo, los cuales se indican en la Ley N° 20.720:

  • Renegociación
  • Liquidación

En el sitio web TenlaClara.cl los consumidores podrán saber cuál es su nivel de gastos y compararlos con sus ingresos, gracias a una calculadora de deuda. Con esos datos, la SUPERIR le podrá informar sobre los requisitos y cuáles son los pasos para que puedan renegociar.

¿Qué es la cobranza extrajudicial?

Es el procedimiento o gestión que realizan las empresas para informar al deudor sobre la mora o el retraso en el cumplimiento de sus obligaciones.

¿Quién la paga?

El gasto de cobranza extrajudicial debe ser pagado por el consumidor que mantiene la deuda atrasada.

¿Está regulada por ley?

Sí, la cobranza extrajudicial está regulada por el artículo 37 de la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

¿Cuándo se aplica?

La cobranza extrajudicial se puede cobrar transcurridos los primeros veinte días de atraso.

¿Quién la realiza?

Puede ser realizada directamente por la empresa o través de una empresa de cobranza.

¿Cuánto cobran por los gastos de cobranza?

Depende del tamaño de la cuota vencida medida en Unidad de Fomento (UF), y de acuerdo a esto, se aplican porcentajes de acuerdo a 3 tramos.

Es importante recordar que:

  • Los porcentajes se aplican sólo sobre el monto de la deuda vencida.
  • No corresponde el cobro aplicado sobre la deuda total.
  • No corresponde el cobro aplicado sobre cuotas vencidas que ya hubieren generado gastos de cobranza.
Tramos de cobro Monto de la deuda vencida Porcentaje aplicado
1° tramo Obligaciones de hasta 10 UF 9%
2° tramo Por la parte que exceda de 10 y hasta 50 UF 6%
3° tramo Por la parte que exceda de 50 3%

Si tienes un problema, ¿dónde reclamar?

Descarga la Guía Explicativa: Problemas de Sobreendeudamiento

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