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Instituciones públicas informan derechos para los turistas que visitarán la región

La actividad tuvo como propósito informar a la comunidad sobre los derechos como consumidor, sobre todo considerando la actividad deportiva más importante del año. 

La Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores establece diversos derechos al contratar servicios relacionados con el turismo, entre ellos, a recibir servicios de calidad, a la seguridad y a que se respeten las condiciones ofrecidas.

08 de mayo de 2019

Director del SERNAC del Biobío, Juan Pablo Pinto, recordó derechos a los turistas que visitarán la región por Campeonato Mundial de Rally

A raíz de la visita de cientos de turistas por una nueva fecha del Campeonato Mundial de Rally, diversos servicios públicos desarrollaron una Feria del Consumidor, cuyo principal foco fueron los derechos al momento de contratar servicios turísticos.

La actividad realizada en la Plaza de Tribunales de Concepción contó con la participación de la Secretaria Ministerial de Economía, SERNATUR, PDI, ADUANAS, Secretaría Regional de Transporte, cuyas autoridades regionales enfatizaron que es importante que los visitantes conozcan sus derechos y se atrevan a ejercerlos.

Para el Director Regional del SERNAC, Juan Pablo Pinto, "al momento de comprar un producto o contratar un servicio, los consumidores tienen derecho a recibir productos y servicios de calidad; a que le informen y respeten los precios; a que se respete lo ofrecido y se cumpla lo prometido", señaló.

La autoridad regional agregó que, al contratar servicios turísticos, "si una persona contrata a una agencia de viajes, ésta debe responder directamente frente al consumidor, aunque haya actuado como intermediaria de otras empresas."

Derechos al contratar servicios turísticos

  • Al contratar servicios turísticos, los consumidores tienen derecho a saber qué están contratando.
  • A conocer el costo final con todos los cargos incluidos y a que el precio informado se respete.
  • Las empresas deben respetar y cumplir todo lo informado u ofrecido a través de la publicidad, folleto, afiches, promociones, avisos en prensa o sitios web.
  • Para los usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, deben saber que éstas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otras empresas.
  • Las cláusulas en los contratos donde la empresa dice que no responde por incumplimientos, no valen. Si un consumidor contrata a una agencia, debe responder por todo lo comprometido.

Una buena recomendación a quienes están pensando en contratar servicios turísticos:

  • Exigir todas las promesas por escrito.
  • Guardar los soportes publicitarios que le servirán de prueba en caso de incumplimientos.
  • Las empresas deben entregar servicios y productos que no arriesguen su seguridad o salud y tomar todas las medidas de seguridad necesarias para el consumidor.
  • Si la empresa le ocasiona algún daño por un servicio mal otorgado o un producto defectuoso, los consumidores tienen derecho a que lo indemnicen por todo el perjuicio ocasionado.
  • Por su parte, SERNATUR recomienda que para contratar servicios de alojamiento turístico, se verifique si están registrados en SERNATUR, ya que todo servicio de alojamiento turístico es regulado por la Ley 20.423 y su reglamento el decreto 222.

Al viajar

  • En el caso de los buses, los consumidores tienen derecho a que los precios informados se respeten y que se les otorgue información veraz y oportuna sobre el servicio ofrecido.
  • El servicio de calidad también implica que las empresas deben ofrecen transporte en condiciones de seguridad e higiene adecuadas.
  • Además, lo que se ofrece debe ser respetado. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el itinerario.
  • Si viaja en avión, las aerolíneas deben respetar las condiciones ofrecidas y acordadas, esto es, que el vuelo salga a las horas comprometidas, se cumpla el servicio a bordo ofrecido, se respete el precio informado y se entregue información veraz y oportuna, entre otros.
  • Si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor se suspende o se atrasa un viaje, el consumidor tiene el derecho de dejar sin efecto el pasaje o acordar con la línea aérea el cambio de fecha del vuelo.
  • El consumidor puede solicitar la devolución del dinero del pasaje y/o convenir con la línea aérea en: seguir con el viaje con la demora prevista, cambiar de línea aérea bajo las mismas condiciones contratadas u otras condiciones, que se pacten de común acuerdo.
  • Respecto del retraso o cancelación de un vuelo, cuando es responsabilidad directa de la aerolínea, los consumidores pueden exigir el reembolso del valor del pasaje pagado o embarcarse en el primer vuelo disponible, así como los derechos de asistencia al pasajero, como alimentación, estadías, llamadas telefónicas, movilización, entre otras.

Finalmente, las autoridades regionales hicieron un llamado a los consumidores a comprar en el comercio establecido y exigir la boleta, documento que le permitirá exigir sus derechos en caso de algún problema.

En caso de mayor información o algún problema sobre esta temática, los consumidores pueden dirigirse a las oficinas de atención del SERNATUR, así como también al SERNAC, visitando el sitio web o llamando en forma gratuita al 800 700 100.

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Lugar de Chile: Región del Biobío / Concepción / Concepción

Guía del consumidor: Derecho: A elegir libremente un determinado bien o servicioDerecho: A acceder a una información veraz y oportunaDerecho: A la seguridad en el consumo de bienes y serviciosDerecho: A la libertad de aceptar los productos o rechazar ventas atadas de productos y servicios no solicitadosDerecho: A que las empresas no cambien las condiciones o costos del contrato si usted no está de acuerdo Deber: Realizar sus compras y contrataciones sólo en el comercio establecidoDeber: Leer detalladamente los contratos antes de firmarlosDeber: Tomar sus decisiones de compra libre e informadamenteDeber: Exigir el cumplimiento de lo informado por la publicidadDeber: Rechazar los cobros por bienes o servicios que no haya solicitado

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