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Corte condenó a Cruz Verde por publicidad engañosa

La Justicia condenó a Cruz Verde por emitir un mensaje publicitario en el que señalaba tener los precios más bajos sin competencia, lo que fue catalogado por el tribunal como publicidad engañosa.

23 de junio de 2009

Farmacias Cruz Verde fue condenada al pago de una multa de más de $7 millones por emitir a través de la televisión, un mensaje publicitario en el que señalaba tener los precios más bajos sin competencia, pese a no contar con argumentos objetivos que lo comprobaran.
La acción legal se originó luego de que el SERNAC analizara los mensajes difundidos por la cadena "Desafío Cruz Verde: precios más bajos sin competencia" o "Comprobado, en precios bajos Cruz Verde no tiene competencia", pues a juicio del organismo la publicidad contiene una serie de infracciones a los derechos del consumidor. Entre ellos:

Infracciones

La publicidad induce a error o engaño a los consumidores, al decir que tiene los precios más bajos sin comprobarlo.

Se omiten restricciones relevantescomo el hecho de que no se incluyen en la promoción los medicamentos genéricos y sólo incorpora productos de un listado confeccionado arbitrariamente por la empresa.

No se informa el período que dura la promoción dando a entender a través de afirmaciones absolutas como "precios bajos sin competencia" que se trataría de una situación permanente en el tiempo lo que confunde más a los consumidores.

La información anunciada por televisión, no indica que la promoción sólo se aplica a clientes que cuenten con Tarjeta Cruz Verde estén inscritos en dicho programa, es decir,no es para todos los consumidores.

En el juicio, la empresa se defendió señalando que "es un derecho como un deber de los consumidores informarse, utilizando todos los canales disponibles" y agregó que el mensaje publicitario divulgado a través de la televisión es complementario a la publicidad escrita donde habría mayor información.

Asimismo, respecto a la exclusión de los genéricos, la empresa señaló que éstos no representan un porcentaje relevante en la preferencia de los consumidores y que la promoción está dirigida a clientes Más Cruz Verde, cosa a la que todo consumidor puede acceder, en forma gratuita y rápidamente sólo inscribiéndose con su cédula de identidad.

Sin embargo, el tribunal rechazó la defensa de la empresa y acogió los argumentos del SERNAC determinando que Cruz Verde cometió infracción a la Ley del Consumidor, pues "no se exponen claramente los bienes ofrecidos, ya que no se hace mención a la exclusión de los medicamentos genéricos y las condiciones de contratación en relación a tener la tarjeta Mas Cruz Verde, o estar inscrito", agregando que estas condiciones relevantes no pueden ser conocidas por los consumidores pues se informan en letra chica y con un corto tiempo de exposición en pantalla que hacen imposible leerlas.

Finalmente el tribunal de primera instancia condenó a Cruz Verde al pago de una multa de 200 U.T.M. (más de $7 millones), fallo confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El Proyecto de Ley que pretende modificar la Ley del Consumidor y que se encuentra en trámite en el Congreso, permitirá que las empresas no vuelvan a cometer los mismos errores, lo que implica que en casos como estos, la cadena no podría volver a emitir publicidad no comprobable; omitir información relevante o informarla con letra chica o a través de mensajes con poco tiempo de exposición que no se puedan leer.

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Mercados: Farmacia

Tipo de producto: Remedios

Proveedor: Farmacias Cruz Verde Y Cesfar

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