Contenido principal

Justicia condenó a Clínica Vespucio por golpe en pierna de paciente durante terapia kinesiológica

La justicia ordenó a Clínica Vespucio el pago de indemnización y multas por tratar de forma negligente y denigrante a consumidora. Una consumidora jamás pensó que cuando recibía su tratamiento kinesiológico en Clínica Vespucio, producto […]

10 de junio de 2014

La justicia ordenó a Clínica Vespucio el pago de indemnización y multas por tratar de forma negligente y denigrante a consumidora.

Una consumidora jamás pensó que cuando recibía su tratamiento kinesiológico en Clínica Vespucio, producto de una caída que sufrió en un supermercado, terminaría con un segundo episodio de dolor y mal rato.

Todo comenzó cuando estaba realizando algunas compras en un supermercado, y tras resbalarse y caer debido a que el piso estaba mojado, el local comercial asumió su responsabilidad, derivándola a un centro médico para que se realizara un tratamiento que consistía en terapias kinesiológicas.

En una de las sesiones terapéuticas, la consumidora fue golpeada por la maquinaria médica, específicamente por el brazo articulado del equipo, el cual cayó en su pierna izquierda, intensificando su dolor inicial.

Al pasar unos días y tras no mejorar, la consumidora siguió asistiendo a terapias. Sin embargo, además del golpe anteriormente sufrido, la consumidora empezó a tener otros problemas, los cuales estaban relacionados con temas administrativos: anulación de horas, atraso en la atención, entre otros episodios que le provocaron finalmente una crisis de pánico.

Trato negligente y denigrante

Ante la vulneración de sus derechos, la consumidora recurrió al SERNAC e interpuso un reclamo en contra de Clínica Vespucio. Tras las gestiones del organismo, y al no obtener una respuesta favorable de parte de la empresa, la afectada decidió recurrir a la justicia.

En concreto, consumidora presentó una denuncia ante el 2° Juzgado de Policía Local de La Florida, instancia ante la cual SERNAC se hizo parte.

Tras analizar los antecedentes, el tribunal pudo constatar que Clínica Vespucio entregó un servicio deficiente al tratar con indiferencia a la afectada y restarle importancia al golpe sufrido por ésta.

El juez también determinó que la forma en que la defensa de la empresa se refirió a la consumidora durante el juicio, llamándola "problemática", no hace más que confirmar el trato denigrante hacia la paciente.

Por esta razón el tribunal condenó a Clínica Vespucio a una indemnización de 700 mil pesos por los perjuicios ocasionados a la consumidora y además le aplicó una multa de 10 U.T.M. (cerca de 400 mil pesos) por infringir la Ley del Consumidor.

Derecho a servicios dignos, profesionales, seguros y de calidad

Este fallo confirma una vez más que los consumidores tienen derecho a recibir servicios seguros.

Esto quiere decir que las empresas tienen que ser profesionales y ofrecer servicios de calidad y que no causen menoscabo al consumidor.

Su obligación es tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños. Esto es, por ejemplo, que el personal realice su trabajo en forma eficiente y se monitoree que las instalaciones no representen riesgos para sus pacientes.

De ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna y si los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados.

Por otra parte, las clínicas están obligadas a proporcionar un servicio de calidad y además un trato digno y respetuoso hacia los consumidores.

Archivos para descargar

Dirección externa

Galería

Tags

Mercados: Clinicas

Tipo de producto: Atencion medica

Lugar de Chile: Región Metropolitana de Santiago / Santiago / La Florida

La Encuesta