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Solicitar aprobación de un Plan de Cumplimiento artículo 24 inciso cuarto letra c), Procedimiento Abreviado

Los proveedores pueden solicitar la aprobación de un Plan de Cumplimiento en el Procedimiento Abreviado, en razón del artículo 24 inciso cuarto letra c), para determinar sus políticas, procedimientos, directrices y mecanismos adoptados para respetar la Ley del Consumidor, estableciendo medidas preventivas y de detección de eventuales incumplimientos.

1. Descripción

Pueden solicitar la aprobación de un Plan de Cumplimiento, en el Procedimiento Abreviado, en función de lo establecido en el artículo 24 inciso cuarto, letra c) de la Ley N° 19.496, todos los proveedores que lo requieran de conformidad con los procedimientos establecidos para ello.

El trámite se puede realizar durante todo el año.

3. ¿A quién está dirigido?

A los proveedores, es decir, personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, que habitualmente desarrollen actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución o comercialización de bienes o de prestación de servicios a consumidores, por las que se cobre precio o tarifa.

4. Requisitos

Para ser aprobados, los Planes de Cumplimiento deberán:

  • Ceñir su contenido a lo dispuesto por la Ley N° 19.496 y las demás normas legales, reglamentarias o administrativas que le sean aplicables según el alcance del plan.
  • Cumplir con todos los requisitos señalados en la Circular Interpretativa sobre alcance y contenido de los Planes de Cumplimiento, considerándose también la Especificación Técnica INN/ET1 "Planes de cumplimiento para la protección de los derechos de los consumidores - Requisitos con orientación para su uso"; o aquella que la reemplace.

Además, los Planes de Cumplimiento deberán remitirse con la siguiente documentación:

  • Acompañarse de una declaración jurada, firmada por el o los representantes legales del proveedor solicitante, en que se deje constancia de que los antecedentes aportados y la información contenida en éstos, son verídicos y fidedignos.
  • Se debe contar con certificación emitida por una entidad certificadora vigente en el Registro de Entidades Certificadoras de Planes de Cumplimiento del SERNAC.

5. ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para solicitar la aprobación de un Plan de Cumplimiento en el Procedimiento Abreviado, se debe acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular Interpretativa sobre alcance y contenido de los Planes de Cumplimiento, considerándose también la Especificación Técnica INN/ET1 "Planes de cumplimiento para la protección de los derechos de los consumidores - Requisitos con orientación para su uso"; o aquella que la reemplace, a través de los siguientes documentos:

  • Copia autorizada del certificado emitido por una entidad certificadora acreditada ante el SERNAC.
  • Un informe de certificación del plan respectivo, que dé cuenta al menos de:
    • La realización del análisis del contexto de la organización.
    • El compromiso de la organización.
    • La determinación de los objetivos de cumplimiento.
    • El tratamiento de las no conformidades e incumplimientos.
    • La realización de la evaluación del desempeño del plan de cumplimiento.
    • La realización del proceso de mejora del Plan.
  • Acompañarse de una declaración jurada, firmada por el o los representantes legales del proveedor solicitante, en que se deje constancia de que los antecedentes aportados y la información contenida en éstos, son verídicos y fidedignos

6. ¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo.

7. ¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

En formato electrónico, completando el formulario de Solicitud de aprobación de un Plan de Cumplimiento del artículo 24 inciso cuarto letra c) (Procedimiento Abreviado), dispuesto en el sitio web de SERNAC.

Solicitud de aprobación de un Plan de Cumplimiento del artículo 24 inciso cuarto letra c) (Procedimiento Abreviado)

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Mecanismos de protección: Planes de Cumplimiento (Compliance)

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