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Presentación de un Plan de Cumplimiento artículo 54 P

Los proveedores que hayan participado en un Procedimiento Voluntario Colectivo, al que se haya llegado a un acuerdo que contenga la presentación de un Plan de Cumplimiento, en razón del artículo 54 P de la Ley N° 19.496, en virtud del cual determinen sus políticas, procedimientos, directrices y mecanismos adoptados para respetar de la Ley del Consumidor, estableciendo, entre otras, medidas correctivas y de detección de eventuales incumplimientos.

1. Descripción

Deben presentar un Plan de Cumplimiento en virtud de lo establecido por el artículo 54 P de la Ley N° 19.496, todos los proveedores que se hayan comprometido a ello en los acuerdos arribados luego de un Procedimiento Voluntario Colectivo y según las indicaciones que la respectiva resolución de término y aprobación del acuerdo contenga.

El trámite se puede realizar durante todo el año.

3. ¿A quién está dirigido?

A los proveedores (personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, que habitualmente desarrollen actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución o comercialización de bienes o de prestación de servicios a consumidores, por las que se cobre precio o tarifa) que, habiendo participado en un Procedimiento Voluntario Colectivo, hayan arribado a un acuerdo que contenga la obligación de presentar un Plan de Cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 P, según las indicaciones que la respectiva resolución de término y aprobación del acuerdo contenga.

4. ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para tenerse por presentados los Planes de Cumplimiento deberán:

  • Cumplir con todos los requisitos establecidos en la Circular Interpretativa sobre alcance y contenido de los Planes de Cumplimiento, considerándose también la Especificación Técnica INN/ET1 Planes de cumplimiento para la protección de los derechos de los consumidores - Requisitos con orientación para su uso; o aquella que la reemplace.
  • Ceñir su contenido a lo dispuesto por la Ley N° 19.496 y las demás normas legales, reglamentarias o administrativas que le sean aplicables, según el alcance del plan en relación con la resolución que da término al Procedimiento Voluntario Colectivo y tiene por aprobado el acuerdo.

5. ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Los Planes de Cumplimiento deberán remitirse con la siguiente documentación:

  • Copia autorizada del certificado emitido por la entidad certificadora acreditada ante el SERNAC.
  • Informe de certificación del plan respectivo.
  • Declaración jurada firmada por el o los representantes legales en que se deje constancia que los antecedentes aportados, y la información contenida en estos, son verídicos y fidedignos.

6. ¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo.

7. ¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

En formato electrónico, completando el formulario Presentación de un Plan de Cumplimiento del art. 54 P, Ley del Consumidor, dispuesto en el sitio web de SERNAC.

Presentación de un Plan de Cumplimiento del art. 54 P, Ley del Consumidor

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Mecanismos de protección: Planes de Cumplimiento (Compliance)

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