Presentación de un Plan de Cumplimiento artículo 54 P
Los proveedores que hayan participado en un Procedimiento Voluntario Colectivo, al que se haya llegado a un acuerdo que contenga la presentación de un Plan de Cumplimiento, en razón del artículo 54 P de la Ley N° 19.496, en virtud del cual determinen sus políticas, procedimientos, directrices y mecanismos adoptados para respetar de la Ley del Consumidor, estableciendo, entre otras, medidas correctivas y de detección de eventuales incumplimientos.
1. Descripción
Deben presentar un Plan de Cumplimiento en virtud de lo establecido por el artículo 54 P de la Ley N° 19.496, todos los proveedores que se hayan comprometido a ello en los acuerdos arribados luego de un Procedimiento Voluntario Colectivo y según las indicaciones que la respectiva resolución de término y aprobación del acuerdo contenga.
Marco legal
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Ley N°19.496, en su artículo 54 P, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
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Especificación Técnica INN/ET1 "Planes de cumplimiento para la protección de los derechos de los consumidores - Requisitos con orientación para su uso", publicada por el INN el 26 de agosto de 2019.
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Resolución Exenta N° 689 de 2021, que aprueba Circular Interpretativa sobre el alcance, contenido, procedimiento de aprobación y presentación de los Planes de Cumplimiento de los artículos 24 inciso cuarto, letra c) y 54 P, de la Ley N° 19.496.
2. Detalles
Para mayor información, revisa Circular Interpretativa sobre alcance y contenido de los Planes de Cumplimiento.
3. ¿A quién está dirigido?
A los proveedores (personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado, que habitualmente desarrollen actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución o comercialización de bienes o de prestación de servicios a consumidores, por las que se cobre precio o tarifa) que, habiendo participado en un Procedimiento Voluntario Colectivo, hayan arribado a un acuerdo que contenga la obligación de presentar un Plan de Cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 P, según las indicaciones que la respectiva resolución de término y aprobación del acuerdo contenga.
4. ¿Qué necesito para hacer el trámite?
Para tenerse por presentados los Planes de Cumplimiento deberán:
- Cumplir con todos los requisitos establecidos en la Circular Interpretativa sobre alcance y contenido de los Planes de Cumplimiento, considerándose también la Especificación Técnica INN/ET1 Planes de cumplimiento para la protección de los derechos de los consumidores - Requisitos con orientación para su uso; o aquella que la reemplace.
- Ceñir su contenido a lo dispuesto por la Ley N° 19.496 y las demás normas legales, reglamentarias o administrativas que le sean aplicables, según el alcance del plan en relación con la resolución que da término al Procedimiento Voluntario Colectivo y tiene por aprobado el acuerdo.
5. ¿Qué necesito para hacer el trámite?
Los Planes de Cumplimiento deberán remitirse con la siguiente documentación:
- Copia autorizada del certificado emitido por la entidad certificadora acreditada ante el SERNAC.
- Informe de certificación del plan respectivo.
- Declaración jurada firmada por el o los representantes legales en que se deje constancia que los antecedentes aportados, y la información contenida en estos, son verídicos y fidedignos.
6. ¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo.