PVC: SERNAC con Mundo Pacífico
El SERNAC inició un Procedimiento Voluntario Colectivo con Mundo Pacífico, con la finalidad de obtener reembolsos, compensaciones y/o indemnizaciones para las personas afectadas, junto con la adopción de medidas de cese de conducta, debido a interrupciones, justificadas o no, del servicio de televisión de pago durante, a lo menos, el año 2023. Las circunstancias serían las siguientes:
- Interrupciones injustificadas del servicio de televisión de pago;
- No se habrían aplicado los descuentos o reembolsos proporcionales por las interrupciones injustificadas, ni se habrían indemnizado de forma directa y automática a los consumidores afectados, en conformidad a la normativa vigente;
- No se habrían realizado los descuentos o reembolsos proporcionales, tratándose de interrupciones justificadas del servicio de televisión de pago, en conformidad a la normativa vigente
- No se habría otorgado una información clara, expedita y oportuna a los consumidores en las respectivas boletas de cobro acerca de las interrupciones de servicios.
18 de octubre de 2024
Proveedor | Materia | Etapa PVC | Estado PVC | Fecha actualización |
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PACIFICO CABLE SPA | SUSPENSIÓN DE SUMINISTRO | Acuerdo | PVC favorable | 22/04/2025 |
Acuerdo
1.- Universo de consumidores
Consumidores de MUNDO que se habrían visto afectados por interrupciones justificadas y/o injustificadas del servicio de televisión de pago ocurridas durante el año 2023 y/o el primer semestre de 2024.
2.- Monto de las restituciones, indemnizaciones y Costo de reclamo:
MUNDO, en cumplimiento a la ley de Protección a los Derechos de los Consumidores, reembolsar al consumidor que cumpla con los requisitos señalados anteriormente, la suma de dinero en proporción al plan o servicio contratado, por el tiempo que duró la interrupción del servicio de televisión de pago. Adicionalmente, tratándose de interrupciones injustificadas, MUNDO indemnizará a los consumidores. Es así que el universo de consumidores y montos asociados son los siguientes:
Universo de consumidores y montos asociados Universo de consumidores beneficiados: 268.994 |
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Definición | Consumidores que fueron afectados por interrupciones del servicio de televisión de pago ocurridas durante el año 2023. | Consumidores que fueron afectados por interrupciones del servicio de televisión de pago ocurridas durante el primer semestre del año 2024. |
N° de consumidores beneficiados con devoluciones 1 | 256.802 | 33.589 |
Monto total de devoluciones 2 | $249.504.532 | $21.821.767 |
N° de consumidores beneficiados con indemnizaciones | 194.392 | 13.740 |
Monto total de indemnizaciones | $794.991.380 | $20.751.508 |
Total | $1.044.495.912 | $ 42.573.275 |
1 Existen 21.397 consumidores que fueron afectados por interrupciones tanto en el 2023 como en el 2024, y por lo tanto se consideran en ambos grupos.
2 Existen 7.333 consumidores que fueron afectados por interrupciones injustificadas tanto en el 2023 como en el 2024, y por lo tanto se consideran en ambos grupos.
A su vez, propone compensar por concepto de Costo de Reclamo a todos aquellos clientes que ingresaron reclamos al SERNAC, ya sea vía web, presencial, o Call center, por los hechos que motivaron este PVC. Los montos a pagar por este concepto, varían de acuerdo a la vía de ingreso del reclamo:
- 0,015 UTM ($1.020 app) para reclamos realizados por canal Web.
- 0,021 UTM ($1.430 app) para reclamos realizados por Call Center.
- 0,17 UTM ($11.560 app) para reclamos realizados por canal presencial.
3.- Mecanismos de pago y su plazo:
Los reembolsos e indemnizaciones que propone entregar MUNDO, se realizarían de la siguiente manera:
a. A los consumidores que sean clientes de MUNDO a la fecha del Acuerdo: Se realizarán por medio de un descuento proporcional al monto total de los servicios de televisión contratados, en la boleta de cobro emitida al mes siguiente a la comunicación que enviará Mundo, luego de la aprobación del Acuerdo.
b. A los consumidores que ya no sean clientes de MUNDO:
- Transferencia Bancaria a la cuenta que señale el consumidor, o a su cuenta rut de Banco Estado.
- Vale vista a nombre del consumidor, si los métodos anteriores no prosperan.
Se hace presente que el proveedor ha declarado que, a la fecha, ya ha realizado los reembolsos y pago de indemnizaciones en las respectivas boletas de cobro a los consumidores afectados por interrupciones del servicio de televisión de pago durante el año 2023 y las devoluciones correspondientes al primer semestre de 2024, todo lo cual será revisado por la empresa auditora externa; quedando pendiente el pago de la suma indicada por concepto de indemnizaciones, respecto a consumidores del primer semestre de 2024.
4.- Cese de Conducta:
De acuerdo a lo declarado por MUNDO, el servicio de televisión de pago que fue afectado por interrupciones justificadas e injustificadas y que motivaron el inicio del PVC, ya se encuentra restablecido respecto de todos los consumidores comprendidos en la propuesta. Adicionalmente, MUNDO informa y compromete lo siguiente:
a. Declara que, desde el mes de junio de 2024, aplica y aplicará en lo sucesivo, respecto de las interrupciones de servicios contratados, los descuentos, reembolsos e indemnizaciones correspondientes, de forma directa y automática a los consumidores que se vean afectados, en conformidad a lo previsto en los artículos 25 inciso tercero y 25 A de la ley N° 19.496, todo lo cual, ofrece ser acreditado a través de la revisión de la empresa auditora externa.
b. Además, en las respectivas boletas de cobro y estado de cuenta proporcionará información detallada de las interrupciones que afecten a los servicios que ofrece, tanto justificadas como injustificadas, el tiempo de duración, el monto correspondiente de descuento, incorporando la forma de cálculo de las restituciones e indemnizaciones.
5.- Auditoría Externa:
Las acciones comprometidas por MUNDO serán auditadas por una empresa auditora externa registrada ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Otros aspectos del Procedimiento.
- Efecto erga Omnes: Para que los términos de la solución alcanzada pueda tener efecto erga omnes, esto es, que alcancen a todas las personas consumidoras beneficiadas por los mismos, deberán ser aprobados por un tribunal civil.
- Reserva de acciones: En el caso que alguna persona consumidora no quisiera quedar sujeta a la solución alcanzada, podrá hacer reserva de sus acciones individuales ante el tribunal que se pronunciará sobre el citado efecto erga omnes.
- Implementación: Los compromisos y pagos, que la empresa se obliga a realizar, comenzarán a ejecutarse en cierto plazo, el que se computará desde la última publicación del extracto de la Resolución del SERNAC que, en su momento, se deberá realizar conforme al artículo 54 Q de la Ley N° 19.496.
El tratamiento de los datos personales solicitados en este formulario se encuentra en el marco de la Ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada y sus modificaciones posteriores. Al enviar sus datos, el SERNAC resguardará la confidencialidad de la información y eventualmente podría contactarlo(a) con el fin de ejecutar encuestas de satisfacción y otras acciones que permitan mejorar los procesos y gestión que realizamos.