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Comienza a regir el derecho a retracto

Con la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades, comienza a regir el plazo del derecho a retracto que permite a los estudiantes de primer año desistir de los contratos educacionales que habían asumid

02 de enero de 2009

Con la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades, comienza a regir el plazo del derecho a retracto que permite a los estudiantes de primer año desistir de los contratos educacionales que habían asumid

  • Hasta el 12 de enero, los estudiantes y sus apoderados podrán exigir un importante derecho que les otorga la Ley del Consumidor: El retracto, es decir, la posibilidad de arrepentirse del contrato educacional dentro de los 10 días siguientes (corridos) a la publicación de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.
  • El objetivo de este derecho es que los estudiantes de primer año de educación superior que se matricularon en otra institución para asegurar un cupo, puedan desistir del contrato sin explicar porqué, si tras la publicación de los resultados toman otra decisión porque quedaron en la universidad que querían, por ejemplo.
  • Eso implica que el establecimiento no puede cobrar por los servicios no prestados y debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. La institución sólo podrá retener de la matrícula, hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración, en la medida que esto haya sido informado previamente al estudiante.
  • Por ejemplo, si una carrera tiene un arancel anual de $1.500.000, el establecimiento podrá retener de la matrícula pagada, hasta $15.000 por costos administrativos, siempre y cuando lo haya informado al estudiante antes de contratar. Pero si el estudiante no pagó matrícula, no corresponde que se cobre ese porcentaje.
  • Es importante señalar que las instituciones de educación superior deben devolver lo pagado y los documentos, en un plazo de 10 días corridos desde que se ejerció el retracto. Por lo que no corresponde que, por ejemplo, se les diga que "la plata se devuelve en marzo".

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