Seguros en créditos hipotecarios
No importa el tipo de crédito que solicite, monto y características del inmueble, por ley estos préstamos poseen algunos seguros obligatorios que usted debe conocer y entender antes de firmar su contrato.
27 de abril de 2009
No importa el tipo de crédito que solicite, monto y características del inmueble, por ley estos préstamos poseen algunos seguros obligatorios que usted debe conocer y entender antes de firmar su contrato, para que busqu
Un crédito hipotecario es un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, o para libre disponibilidad
- Considere que el seguro obligatorio asociado a este tipo de crédito, como el de desgravamen - muerte del deudor-, es muy relevante en el valor del dividendo.
- Según informaciones de la Superintendecia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF, los valores de los seguros por un crédito a 20 años por ejemplo, pueden variar considerablemente entre las diferentes entidades que ofrecen créditos y pueden ser un factor relevante a la hora de tomar una decisión.
- Otros seguros, como el de incendio, pueden ser contratados de manera particular por el consumidor y no necesariamente donde usted adquiere el crédito hipotecario.
Seguro de desgravamen
- El seguro de desgravamen es aquel que permite, en caso de muerte del deudor, extinguir o eliminar la deuda pendiente con el acreedor (banco). Su contratación por ley es obligatoria para las personas que adquieren un crédito hipotecario.
- Lo importante de considerar en este seguro es en el modo en que se calcula. Hay empresas que reajustan su valor año tras año de la deuda y otras que tiene un valor fijo por el plazo total del crédito.
- En teoría, según los expertos su valor debería ir bajando en la medida que pasan los años y llegar a cero al finalizar el último pago del crédito hipotecario.
- Es recomendable por lo tanto, fijarse en como le será cobrado este seguro y agregarlo en su dividendo y costo del crédito.
Seguro de incendio
- Este seguro tiene como finalidad resguardar el valor de la propiedad en caso de incendio y pérdida total. También protege de daños menores, en cuyo caso la compañía aseguradora entrega el valor de los daños al banco y éste o se los entrega al dueño para que repare el inmueble o cubre la deuda del siniestro.
- Este seguro puede ser contratado en el lugar que el deudor estime conveniente o a través del banco que otorga el crédito hipotecario. En este caso, su valor es cobrado junto al dividendo.
- Recuerde revisar en el contrato de este seguro, las coberturas, si hay coberturas especiales, cómo opera en caso de pérdida total, si son anuales o debe renovarlos luego de ciertos meses.
Seguro cesantía
- Este seguro es voluntario, tiene como finalidad cubrir las deudas del crédito ante una eventual cesantía del deudor o incapacidad de trabajar (cesantía involuntaria). No cubre en caso de renuncia.
- Es importante fijarse en los requisitos para hacer efectivo este seguro, como causales de despido, presentación del finiquito y cuotas al día.
Tenga en cuenta
- Los consumidores que contratan un crédito hipotecario tienen derecho a que los seguros obligatorios de incendio y desgravamen sean correctamente informados incluyendo todo aquel dato relevante sobre la cobertura, condiciones, restricciones y costos para ejercer su derecho a la libre elección.
- Los consumidores tienen derecho a contratar estos seguros con otra compañía, distinta de la propuesta por el banco que otorgará el crédito.
- Es importante que los consumidores exijan y revisen sus pólizas de seguro especialmente las condiciones particulares establecidas en ellas, así como las restricciones.
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