La existencia de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) está garantizada en la Constitución chilena, la que establece la autonomía de los grupos intermedios y los derechos de asociación y reunión. Junto a esto, la Ley 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública (promulgada el año 2011) define la calidad de interés público de las organizaciones y modifica el proceso de constitución de las mismas.