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Determinación del Contenido Neto en envases de Arroz grado 2 (Mayo 2004)

Indagamos sobre la exactitud del peso neto declarado y peso neto real que poseen los envases de arroz grado 2, que se expenden en supermercados del Gran Santiago.

11 de junio de 2004

Indagamos sobre la exactitud del peso neto declarado y peso neto real que poseen los envases de arroz grado 2, que se expenden en supermercados del Gran Santiago.

RESUMEN EJECUTIVO

1. Antecedentes

El contenido neto en alimentos envasados es un tema que preocupa crecientemente a los consumidores, desde el punto de vista de la transparencia de la información, particularmente cuando se publicitan ofertas de alimentos con un contenido extra de producto respecto a su formato habitual de venta y los beneficios económicos que esto implica.

Durante el proceso de producción y envasado de un producto siempre existe la probabilidad que se generen unidades defectuosas (envases); razón por la cual las empresas del rubro implementan planes de control de calidad para evitar que los productos lleguen al consumidor.

Sin duda, el desarrollo tecnológico de la industria alimentaria ha permitido incorporar sofisticados sistemas de producción, pero como éstos no son perfectos, los márgenes de error que suelen presentarse durante el proceso de envasado de algún producto se compensan con la fijación de tolerancias, tanto para valores individuales como para promedios, a las cuales debe ajustarse, finalmente, el contenido neto declarado en las etiquetas de los productos.

Para la determinación del contenido neto de los alimentos se utilizan las herramientas fundamentales que otorga la estadística, tanto para verificar los requisitos específicos que deben cumplir los productos, como para los procedimientos de inspección y muestreo que deben implementarse para un adecuado control.

En uso de sus atribuciones, el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, puede adquirir muestras de cualquier producto alimenticio envasado en expendio, en supermercados u otros establecimientos comerciales y someterlas a una verificación del contenido neto, en un laboratorio acreditado para tales efectos en el campo de la metrología.

Si un producto no cumple con los requisitos del contenido neto, cae en alguna de las infracciones previstas en los artículos 19, 23 o 29 de la Ley Nº 19.496, que establece normas de protección de los derechos de los consumidores y SERNAC puede denunciar tales hechos ante los Juzgados de Policía Local.

Por su parte, las normas técnicas nacionales NCh 1650/1.Of84 "Productos alimenticios envasados - Contenido neto - Parte 1: Requisitos" y la NCh 1650/2.Of84 "Productos alimenticios envasados - Contenido neto - Parte 2: Procedimientos de inspección y muestreo", aportan las tolerancias y metodologías para el control en industrias.

2. Consideraciones Metodológicas

Las preguntas centrales del presente estudio fueron:

a) ¿Cuál es el contenido neto real que presentan los envases de las diferentes marcas de arroz pulido grado 2 que se expenden en envases de polietileno?

b) ¿Se ajusta el contenido neto declarado del producto investigado a las tolerancias establecidas en la normativa chilena oficial sobre requisitos para contenido neto de productos alimenticios envasados?

En consecuencia, el objetivo general del estudio consistió en evaluar comparativamente los contenidos netos de algunas marcas de arroz pulido grado 2 envasados en polietileno con mayor presencia en supermercados de la ciudad de Santiago, a fin de detectar el grado de cumplimiento del producto respecto de las tolerancias establecidas en la normativa chilena oficial vigente y disposiciones legales sobre la materia.

Para la realización del estudio se adquirió 400 unidades de arroz pulido grado 2 con contenidos netos declarados de 1000 g y 1100 g.

Previo a la definición de la muestra, se realizó un sondeo exploratorio de mercado, para identificar tipos de producto, marcas a seleccionar, formato y tipo de envases, contenidos netos predominantes, procedencia y rangos de precios. Las muestras fueron adquiridas por el SERNAC, actuando en forma análoga a la de un consumidor informado y responsable, durante los días 10, 11, 17, 19 y 20 de noviembre de 2003, en los siguientes supermercados y comunas de Santiago:

Supermercado Comuna
Carrefour Las Condes, Peñalolén, Cerrillos.
Jumbo Las Condes, La Florida, Maipú.
Líder Vitacura, Independencia, La Florida, Cerrillos.
Montecarlo Quilicura, Maipú
Monserrat Independencia
Santa Isabel Las Condes, Conchalí, La Florida
Unimarc Vitacura, Independencia, La Florida, Maipú.

Fuente: SERNAC, Departamento de Estudios, 2004.

Cada muestra, representativa de una marca y tipo de arroz pulido, estuvo constituida por 20 unidades, considerando diferentes lotes de producción mantenidos a la venta en los supermercados señalados. Las veinte marcas y tipos de arroz pulido evaluadas fueron las siguientes:

Producto País de origen Contenido declarado g.
Agroprodex Argentina y USA 1.000
Aruba (envase azul/rojo) Tailandia 1.000
Aruba (envase verde) Chile y Tailandia 1.000
Banquete Escogido Chile y USA 1.000
Banquete Noble Selección Chile y Tailandia 1.000
Banquete Premium Chile 1.000
Campo Lindo s/i 1.000
Loncomilla Chile y Tailandia 1.000
Los Chinos Chile y Tailandia 1.000
Miraflores (envase anaranjado) Chile 1.000
Miraflores (envase azul/verde) Chile 1.000
Miraflores (envase azulino) Chile 1.000
Orsini Chile y Tailandia 1.000
Selecta Tradición Chile y USA 1.000
Tucapel Blue Bonnet Tailandia 1.000 / 1.100
Tucapel Gran Selección Chile 1.000 / 1.100
Tucapel Graneado Chile 1.000
Zaror Chaufan Chile 1.000
Zaror Diamante Chile 1.000
Zaror Gran Selección Chile 1.000

Fuente: SERNAC, Departamento de Estudios, 2004.

Las muestras, identificadas por clave, fueron entregadas al Departamento de Química y Alimentos del Laboratorio CESMEC Ltda., para la determinación del contenido neto, mediante un tipo de ensayo destructivo.

Finalmente, los resultados del presente estudio sólo son válidos para las muestras analizadas en esta oportunidad (ver cuadro resumen adjunto)

3. Principales Resultados del Estudio

Los resultados de la verificación del contenido neto del arroz pulido grado 2, en envases de polietileno, realizada en punto de venta, permite señalar que casi la totalidad de las muestras se encuentran dentro de un rango que este estudio califica de bueno a normal. En efecto, no presentaron envases fuera de tolerancia y el contenido promedio fue superior al declarado (bueno), o presentaron, como máximo, sólo un envase fuera de tolerancia y su promedio resultó superior al contenido neto declarado (normal). Por el contrario, los resultados correspondientes a la marca Zaror, en su tipo Chaufan pueden ser calificado como deficiente ( con dos envases fuera de tolerancia y promedio superior al rotulado), mientras que los tipos Diamante y Selección, pueden ser catalogados como malos (condiez y siete envases fuera de tolerancia respectivamente y promedio inferior al contenido neto declarado). Los principales resultados pueden observarse en cuadro adjunto:

Arroz. Resultados de contenido neto por marca.

Muestras

Contenido Neto promedio (g)

Envases

Fuera de Tolerancia NCh 1359 Of.2003 Bajo el Contenido Neto declarado Sobre el Contenido Neto declarado
Agroprodex 1022,8 0 0 20
Aruba (envase azul/rojo) 1022,5 0 1 19
Aruba (envase verde) 1016,1 0 0 20
Banquete Escogido 1034,9 0 0 20
Banquete Noble Selección 1012,8 0 0 20
Banquete Premium 1016,2 1 1 19
Campo Lindo 1022,0 1 1 19
Loncomilla 1030,5 0 0 20
Los Chinos 1018,8 1 0 20
Miraflores (envase anaranjado) 1022,2 0 0 20
Miraflores (envase azul/verde) 1006,7 1 7 13
Miraflores (envase azulino) 1002,6 1 6 14
Orsini 1003,9 1 9 11
Selecta Tradición 1007,8 0 4 16
Tucapel Blue Bonnet 1023,7 1 1 15
1134,2 0 0 4
Tucapel Gran Selección 1018,8 0 0 14
1119,6 0 0 6
Tucapel Graneado 1011,5 0 0 20
Zaror Chaufan 1002,3 2 13 7
Zaror Diamante 993,3 10 15 5
Zaror Gran Selección 991,7 7 18 2

Fuente: SERNAC, Departamento de Estudios, 2004.

4. Necesidad de mejorar la Normativa

Aunque la Ley Nº 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, señala que constituye una infracción la venta de un producto con un contenido neto inferior al indicado en el envase o empaque, técnicamente resulta difícil establecer esta infracción, toda vez que no existe una norma nacional que fije criterios sobre la toma de muestra en puntos de venta al consumidor final, tal como lo hace las NCh 1650/1/2.Of.84 respecto la toma de muestra para la industria.

En consecuencia, resultaría de sumo interés abordar la elaboración de una norma chilena relativa al contenido neto de productos alimenticios envasados que, desde la perspectiva de la aplicación de la Ley del Consumidor, incorpore criterios sobre planes de muestreo, para seleccionar los productos en estanterías en los puntos de venta directa al consumidor final. Así, se podría vincular en forma directa la declaración de derechos señalada en la Ley Nº 19.496 y la medición técnica y objetiva del contenido neto de los productos alimenticios envasados; sancionando de este modo las prácticas irregulares en que eventualmente pudieran incurrir algunos proveedores.

5. Vigilancia y Derechos de los Consumidores/as.

Finalmente, en el marco de fortalecimiento de la actividad de la industria y del mercado alimentario de nuestro país, junto a la calidad de los procesos internos de producción, la vigilancia de las entidades competentes de los distintos ministerios (Ej.: Ministerio de Salud y Ministerio de Economía) resulta relevante. Dentro del campo específico de sus competencias, tales acciones de control expresan la necesidad de eficiencia y transparencia de los procesos productivos y, a la vez que aportan la indispensable información y orientación a los consumidores/as, en un mercado que valora crecientemente la calidad, como un concepto integral.

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