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Presencia de soya transgénica en alimentos comercializados en el mercado nacional (Abril, 2001)

La soya transgénica es una leguminosa cuyo uso en la industria de alimentos está ampliamente difundida, ya que de ella se obtienen diversos subproductos como aceites comestibles, proteína texturizada vegetal que es empleada en la […]

04 de marzo de 2004

La soya transgénica es una leguminosa cuyo uso en la industria de alimentos está ampliamente difundida, ya que de ella se obtienen diversos subproductos como aceites comestibles, proteína texturizada vegetal que es empleada en la industria cárnica, como también la lecitina, insumo utilizado en la industria galletera entre otros.

Por otra parte, la transgenia es una técnica derivada de la biotecnología que consiste en cambiar intencionalmente una parte del material genético original por otro proveniente de otra especie, con el propósito de obtener beneficios adicionales que no presentan las especies convencionales. En este contexto, la soya transgénica más difundida es la soya "Round Up", que posee la particularidad de ser resistente a un herbicida específico: el glifosato.

Por su amplia aplicación en la industria de alimentos el Sernac ha seleccionado este tipo de semilla para determinar, por una parte, la presencia de insumos originarios de ella en el mercado alimentario nacional y por otra, realizar posteriormente su cuantificación porcentual, hecho que a la fecha, de acuerdo a lo investigado por el Departamento de Estudios de esta entidad, no ha sido corroborado por trabajo alguno. Este análisis incluyó las dos fases que se indican a continuación:

Fase 1: Determinación cualitativa de soya transgénica en 40 productos alimenticios presentes en el mercado nacional (junio a noviembre 2000).

Fase 2: Cuantificación del ingrediente transgénico presente en los alimentos que arrojaron resultados positivos (noviembre).

Para el desarrollo del estudio, el Sernac adquirió, en diversos establecimientos comerciales, 40 muestras de alimentos que representan 13 tipos distintos de productos, en cuya etiqueta se indicaba la presencia de insumos originarios de la soya; tales como proteína texturizada de origen vegetal, lecitina de soya y/o simplemente soya.

La muestra de alimentos adquirida se incluye en el siguiente cuadro:

Cuadro N° 1: Muestra de Alimentos Analizada

PRODUCTO

MARCAS

1

Hamburguesas

Sadia, Fray Bentos, Primus, Ekono, Ahora, Frigorífico Temuco, PF, Sofría y J.K.

2

Vienesas

Winter, PF, San Jorge, Zwan, Bavaria, Germania, La Española, y Sopraval

3

Salchicha de pollo

Ariztía, Super y Super Pollo

4

Mortadela Jamonada

Pastorino

5

Carne Vegetal de Soya

Gourmet

6

Galletas

Maravilla MCKAY, Nik Limón de COSTA, Palmeritas HOLANDA Conquista-Dos en Uno, Obleas Rellenas Sabor Limón BAUDUCCO, Saladas de Trigo ECOVIDA, de Maíz SINGLU, Integrales con Soya LA CAMPESINA, Artesanales Integrales con Avena SANTIVERI, Artilimón NABISCO, y Germen de Trigo NUTRISA.

7

Dedos integrales Quinua

Ecovida

8

Queque Inglés

Nutra Bien

9

Salsa de Soya

Gourmet

10

Alimento de Soya Líquida

Ades

11

Alimentos para Regímenes Especiales

Galletón Nutritivo CRISTIÁN BUSTOS y Galletón de Arroz sin gluten NUTRISA

12

Harina de Poroto de Soya

Ecovida

13

Pan Integral

Trigal del Sol

Las muestras de alimentos se enviaron sin identificación y codificadas al Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA) de la Universidad de Chile, entidad que realizó el análisis, siguiendo el procedimiento descrito en el "German Official Collection of Test Procedures", que se basa en la determinación de soya transgénica Round Up por la técnica de la reacción en cadena de la polimerasa (PCR). El análisis cuantitativo se obtuvo estableciendo una relación gen transgénico v/s gen no transgénico presente en el ingrediente detectado en la fase cualitativa.

Por tratarse de un Estudio de Caso, debe señalarse que los resultados obtenidos de estos análisis son sólo válidos para las muestras analizadas.

La normativa nacional existente sobre este tipo de alimentos, está contenida en el Reglamento Sanitario de Alimentos complementada por el Decreto Nº 475 publicado en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2000; donde se agrega al Artículo 3º de dicha norma legal la potestad del Ministerio de Salud sobre la producción, distribución y comercialización de alimentos y materias primas transgénicas.

En materia de rotulación, la Comunidad Europea ha establecido requisitos obligatorios de etiquetado para los alimentos provenientes de organismos modificados genéticamente, estableciendo un nivel umbral del 1%. Otros países, como Estados Unidos, han establecido normas para un etiquetado voluntario que informe esta condición a los consumidores.

En nuestro país, al momento de la realización de este informe, no se ha publicado en el Diario Oficial ninguna norma en relación con el etiquetaje de estos productos.

La discusión mundial sobre este tema, ha estado centrada fundamentalmente en dos temas: por una parte, en la inocuidad de los alimentos provenientes de organismos modificados genéticamente (OGM); y, por otra, en el etiquetado de los alimentos o ingredientes presentes en alimentos provenientes de organismos modificados genéticamente.

Los resultados obtenidos en este estudio dejan de manifiesto que existe presencia de soya transgénica en algunos tipos de alimentos del mercado nacional.

En opinión del SERNAC, el oficializar la rotulación de estos alimentos, será un factor determinante para dar una adecuada transparencia al uso de esta tecnología alimentaria y facilitar así la decisión soberana de los consumidores y consumidoras.

Por otra parte, la educación de los usuarios juega un rol fundamental ya que no se han encontrado evidencias científicas concluyentes en torno a la peligrosidad de los alimentos transgénicos.

Si bien existen temores y se han realizado denuncias públicas en el sentido que éstos puedan tener efectos negativos para la salud tales como alergias, resistencia a antibióticos y otros, debe señalarse que los estudios que avalan dichas denuncias han carecido de la rigurosidad científica suficiente. Por lo tanto, sólo constituyen una voz de alerta que refleja, a nuestro juicio, la necesidad de una mayor investigación e información con relación a este tema.

En este sentido, una adecuada rotulación permitirá que sean los propios consumidores quienes determinen si desean o no incorporar este tipo de alimentos en su dieta.

En relación con los resultados de este estudio, del total de muestras analizadas (40), veintidós (22) de ellas resultaron positivas a la presencia de soya transgénica. En su mayoría, corresponden a: cecinas, hamburguesas, vienesas y salchichas.

En el Cuadro Nº 2, se indican los 22 productos cuyas marcas resultaron positivas en la determinación cualitativa de soya transgénica y la cuantificación del ingrediente transgénico en cada uno de ellos. Cabe señalar que dicha determinación cuantitativa se realizó en la segunda fase del estudio, tal como ya fue señalado.

Los resultados se indican como porcentajes >10, >1 y <1 de soya transgénica en la soya utilizada como ingrediente.

CUADRO Nº 2: ALIMENTOS POSITIVOS EN LA DETERMINACIÓN DE SOYA TRANSGÉNICA

PRODUCTO

MARCA

ENSAYO CUALITATIVO

ENSAYO CUANTITATIVO

1

Hamburguesa

Sadia

Positivo

Mayor que 10%

2

Hamburguesa

Fray Bentos

Positivo

Mayor que 10%

3

Hamburguesa

Frigorífico Temuco

Positivo

Mayor que 10%

4

Hamburguesa

Primus

Positivo

Mayor que 2%

5

Hamburguesa

Ekono

Positivo

Mayor que 10%

6

Hamburguesa

PF

Positivo

Mayor que 2%

7

Vienesa de pavo

Sopraval

Positivo

Mayor que 2%

8

Salchicha de pollo

Super Pollo

Positivo

Mayor que 10%

9

Salchicha

Super

Positivo

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Estudios: Calidad y seguridad de productos y servicios

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