Sobre fraude en medios de pago
El presente dictamen, solicitud de interpretación N° 35992824 , analiza el procedimiento ante fraude en medios de pago y transacciones electrónicas regulado por la Ley N° 20.009. Determina que las entidades financieras deben cumplir estrictamente con los deberes de información y profesionalidad consagrados en la Ley N° 19.496, lo que les impide rechazar reclamaciones de forma unilateral si el usuario cumplió con los requisitos legales.
24 de febrero de 2026