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Sobre el reglamento que regula la información del precio por unidad de medida de los productos ofrecidos al consumidor

El presente dictamen, que resuelve las solicitudes de interpretación N° 36113705 y N° 36348806, se refiere a la obligación de informar el precio por unidad de medida (PPUM) de los productos ofrecidos al consumidor.

Establece que los proveedores deben indicar el PPUM junto al precio de venta, pudiendo omitirlo únicamente en los casos que el reglamento exceptúa de forma explícita y distingue diversas hipotesis de aplicación del reglamento, sobre todo en casos de promociones y ofertas

23 de febrero de 2026

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Mercados: Locales comerciales

Legislación y normativa: Dictámenes Interpretativos

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