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¿Cómo puedo dar término a un contrato?

La posibilidad de dejar sin efecto un contrato válidamente celebrado está sujeta a que dicho contrato considere esa posibilidad, o bien cuando la empresa no cumpla con los términos y condiciones ofrecidas al consumidor o si hay un acuerdo de voluntades de quienes lo celebraron.

La primera opción no requiere de la voluntad de la empresa, basta sólo con seguir el procedimiento indicado en el contrato (generalmente dando aviso anticipado y por carta certificada al otro contratante).

La segunda opción requiere que la empresa no cumpla en todo o en parte, las condiciones ofrecidas al consumidor en el contrato. Por último, la tercera opción necesita el acuerdo de ambas partes para que el contrato se termine. Si las partes no llegan a un acuerdo el contrato subsiste.

En virtud de lo expuesto sugerimos a usted revisar su contrato y verificar si contempla la posibilidad de dejarlo sin efecto. Si no contempla dicha opción y si la empresa se negase a acceder a su solicitud, puede hacer un reclamo en el SERNAC:

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