¿Desde cuándo me pueden cobrar por concepto de cobranza extrajudicial?
Los gastos de cobranza extrajudicial sólo se pueden cobrar por las gestiones realizadas con posterioridad a los 20 días corridos desde que venció la fecha de pago de la deuda.
Los gastos de cobranza extrajudicial sólo se pueden cobrar por las gestiones realizadas con posterioridad a los 20 días corridos desde que venció la fecha de pago de la deuda.