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¿Cómo se obtiene la personalidad jurídica de una nueva asociación de consumidores?

Se deberán depositar tres ejemplares del acta constitutiva y sus estatutos en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo o en la Secretaría Ministerial en las regiones diferentes a la Metropolitana.

Además, se deberá publicar un extracto o resumen del acta constitutiva en el Diario Oficial.

El plazo para depositar y publicar en el DO es de 60 días contados desde la fecha en que se celebró la asamblea constituyente.

Desde la publicación en el DO, la asociación cuenta con existencia legal.

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