PVC: SERNAC con Constructora Pacal
Tras tomar conocimiento a través de antecedentes recabados por sus áreas especializadas y por reclamos de las personas consumidoras, el SERNAC inició un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con la Constructora Pacal, ya que la empresa habría incurrido en una serie de incumplimientos.
Dentro de los eventuales incumplimientos de la empresa se encuentran:
-
Falta de información veraz y oportuna en relación al plazo de devolución de los fondos y/o dineros asociados a la reserva de unidades en diversos proyectos inmobiliarios
-
Retardo en el plazo de devolución de los fondos y/o dineros asociados a la reserva de unidades de diversos proyectos inmobiliarios afectando, en consecuencia, tanto a las personas consumidoras que han procedido, como a aquellas que procederán, a suscribir el desistimiento de compra del contrato con la Constructora Pacal.
-
Devolución de fondos y/o dineros, valorizando el valor de la Unidad de Fomento al que aquella habría tenido al momento de la reserva y no, al momento de la devolución efectiva.
Las normas aplicables de la Ley del Consumidor en este procedimiento son:
Lo anterior, sin perjuicio de otras normas aplicables a este caso y, especialmente, las protectoras de los derechos de los consumidores, atingentes a los hechos mencionados, considerando, asimismo, los pronunciamientos que ha emitido el SERNAC en relación a la materia.
Si eres una de las personas afectadas por este caso y aún no has ingresado un reclamo, puedes hacerlo a través del Portal del Consumidor o llamando gratis al 800 700 100, describiendo los hechos ocurridos o explicando tu situación.
02 de agosto de 2023
Proveedor | Materia | Etapa PVC | Estado PVC | Fecha actualización |
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CONSTRUCTORA PACAL S.A. | FALTA DE INFORMACIÓN VERAZ Y OPORTUNA - RETARDO EN LA ENTREGA | Implementación | PVC en proceso de implementación | 25/07/2024 |
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Materia: FALTA DE INFORMACIÓN VERAZ Y OPORTUNA - RETARDO EN LA ENTREGA
Período: 2024
Acuerdo
El Acuerdo beneficiará a las personas consumidoras, que, habiendo suscrito un contrato de reserva de compra de unidad (es) con PACAL y habiéndose desistido de aquella, a través de comunicación formal suscrita ante la empresa durante el periodo 2022 y 2023 y, se encuentren en una de las siguientes condiciones:
i) Que el monto de la reserva se le haya restituido por PACAL sin considerar el valor de la UF de aquel momento o,
ii) Que, a la fecha, aún no se le ha realizado la devolución del monto pagado por la reserva.
Para lo anterior, las personas consumidoras beneficiadas serán categorizadas en los siguientes Grupos:
Grupo |
Beneficios |
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Grupo 1. Comprende a aquellas personas consumidoras que recibieron de PACAL, la devolución del monto de su respectiva reserva pero, sin considerar el valor de la UF vigente a aquel momento. | Este grupo será beneficiado con la restitución del diferencial del valor UF que se genera entre, la fecha del desistimiento y el valor de la UF a la fecha de pago o restitución respecto del monto pagado por concepto de reserva. |
Grupo 2. Comprende a aquellas personas consumidoras que a la fecha, se encuentra pendiente la restitución del monto en dinero asociado a la reserva parte de PACAL. | Este grupo será beneficiado con la restitución del monto de la reserva, para lo cual, se ha dispuesto un cronograma de pago. Asimismo, dicho monto restitutorio se encontrará valorizado con la UF a la fecha de la firma de la suscripción del respectivo finiquito por parte de la persona consumidora. (*) Cronograma se realizó conforme a criterio de antigüedad del desistimiento presentado por cada persona a Pacal. |
Costo de reclamo
Adicionalmente, Pacal compensará con los siguientes montos, por concepto de "Costo de Reclamo", a todas aquellas personas consumidoras que ingresaron reclamos al SERNAC, por los hechos que motivaron el PVC hasta el día 6 de febrero de 2024. Los montos a pagar por este concepto varían de acuerdo a la vía de ingreso del reclamo al SERNAC:
- 0,022 UTM para reclamos realizados por Call Center de SERNAC (aprox. $1.416).
- 0,022 UTM para reclamos realizados por canal Web de SERNAC (aprox. $1.416).
- 0,15 UTM para reclamos realizados por canal presencial de SERNAC (aprox. $9.651).
Mecanismos de pago
Para dicho efecto, el mecanismo de pago, será mediante transferencia bancaria, cuyos datos serán recabados al momento de la firma del finiquito. No obstante, si la persona consumidora no posee cuenta o se rechaza la transferencia, se procederá por parte de PACAL a emitir un vale vista a nombre de la persona consumidora, quien lo podrá retirar por caja en cualquier sucursal del Banco Estado, cuando se le informe.
Respecto de la compensación por "Costo del reclamo", la empresa procederá a su pago conjuntamente y a través de los mismos mecanismos de pago ya expuestos.
En el marco del proceso de contactabilidad a las personas consumidoras, PACAL realizará las siguientes actividades:
a) Remitirá una primera comunicación, la que tendrá por finalidad dar a conocer a las personas beneficiadas términos del Acuerdo e informará el mes en el cual la persona consumidora será contactada para el pago del diferencial de UF, tratándose del grupo N° 1, y del mes que será contactado para la firma del finiquito y posterior pago en el caso del grupo N° 2.
b) Envío de una segunda comunicación, respecto del Grupo N° 2, que tendrá por finalidad contactar a la persona consumidora, para que concurra a la firma del finiquito con PACAL, donde se le informará el plazo en que se hará efectivo el pago de los dineros adeudados por concepto de reserva de viviendas. Se hace presente que una vez suscrito el finiquito, se procederá a la devolución efectiva de la reserva, por parte de PACAL, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la suscripción del mismo.
Cese de conducta
Entre las medidas de Cese de Conducta comprometidas por parte de PACAL se encuentran, entre otras:
- Modificar sus políticas de devoluciones de reserva, indicando que aquella se realizará con el valor de la UF actualizada a la fecha de firma del finiquito respectivo.
- Determinará áreas de cobertura de las salas de venta, con criterio de cercanía geográfica, para cada uno de los proyectos inmobiliarios de su cartera, con el objeto de recibir las consultas y requerimientos de los consumidores.
Implementación
Actividad de Implementación del Acuerdo | Plazo de ejecución | Desde cuándo se inicia |
---|---|---|
Inicio de Implementación | 17 de julio 2024 | Desde el 17 de junio 2024 |
Implementación de medidas de cese de conductas | 1 mes (hasta el 17 de agosto 2024) | Desde el 17 de julio 2024 |
Primera comunicación a los consumidores del Grupo 1 y 2. | 1 mes (hasta el 17 de agosto 2024) | Desde el 17 de julio 2024 |
Segunda comunicación a los consumidores del Grupo 2. | Ver cronograma contenido acápite V del Acuerdo, del grupo N°2, páginas N° 11 y 12 (hasta el 17 de abril de 2027) | Desde el 17 de julio 2024 |
Proceso de restitución a consumidores del Grupo 1 | 3 meses (hasta el 17 de octubre 2024) | Desde el 17 de agosto 2024 |
Proceso de restitución a consumidores del Grupo 2 | Aplica cronograma de acápite V del Acuerdo páginas N° 11 y 12 (hasta el 17 de abril de 2027) | Desde el 17 de octubre 2024 |
Proceso de compensación por concepto de costo del reclamo | Aplica cronograma de acápite V respecto al grupo N° 1 y 2, N° páginas 11 y 12 (se paga conjuntamente con la restitución) | Desde el 17 de agosto 2024 |
Emisión y comunicación de vales vista | 60 días corridos | Desde el vencimiento del último día del mes correspondiente, según el cronograma de pago del acápite V, y se configure alguno de los supuestos descritos en el acápite V letra C, del Acuerdo. |
Plazo de implementación de las actividades del Acuerdo | 33 meses (hasta el 17 de abril 2027) | Desde el 17 de julio 2024 |
Entrega de Informe Final de Auditoría Externa | 3 meses (17 de julio 2027) | Contados desde el vencimiento del plazo de los 33 meses, considerando el hito descrito en el acápite VI, del Acuerdo. |
Preguntas frecuentes
1.- ¿Qué hechos comprende el PVC?
PVC sólo contempló materias que guardan relación con retardos en la devolución de desistimientos, particularmente:
- Falta de información veraz y oportuna en relación al plazo de devolución de los fondos y/o dineros asociados a la reserva de unidades en diversos proyectos inmobiliarios;
- Retardo en el plazo de devolución de los fondos y/o dineros asociados a la reserva de unidades de diversos proyectos inmobiliarios del referido proveedor y;
- Devolución de fondos y/o dineros, no valorizando Constructora PACAL S.A. el valor de la Unidad de Fomento (en adelante, "UF") al momento del pago efectivo de la devolución.
Todo lo anterior, en relación a aquellas personas consumidoras que, habiendo suscrito una reserva de compra de unidad/es (esto es, departamento, bodega y/o estacionamiento) con PACAL, desistieron de aquella, a través de comunicación formal suscrita ante el proveedor, durante el periodo 2022 y 2023.
Téngase presente que, todo aquello relacionado a retardo en la entrega de unidad/es (departamento, estacionamiento, bodega, no formaron parte del pvc).
2.- ¿Quiénes serán beneficiados por el Acuerdo?
Los beneficiados por el PVC se dividen en 2 grupos:
- Grupo N°1: Comprende a aquellos consumidores que recibieron de PACAL, la devolución del monto de su reserva, luego de la firma del respectivo finiquito, pero sin considerar el valor de la UF al momento del pago efectivo de la devolución. En consecuencia, este grupo será beneficiado con la restitución del diferencial del valor de la UF que se generó entre la fecha del desistimiento y la fecha de pago de la restitución del monto pagado por concepto de reserva.
- Grupo 2: Comprende a aquellos consumidores que, suscribieron una reserva de compra de unidad/es con PACAL y se desistieron de la misma a través de una comunicación formal suscrita ante el proveedor a partir del 1 de enero de 2022 y que, a la fecha de la presente Resolución, se encuentra pendiente de restitución del monto en dinero asociado a la reserva por parte de PACAL. En consecuencia, este grupo será beneficiado con la restitución del monto de la reserva, para lo cual, se ha dispuesto un cronograma de pago de restitución, el que se encuentra contenido en el acápite V letra C del presente instrumento. Asimismo, dicho monto restitutorio se encontrará valorizado con la UF a la fecha de la firma de la suscripción del respectivo finiquito por parte del consumidor.
- Beneficiados por costo de reclamo SERNAC: PACAL, compensará por este concepto a cada consumidor que hubiere reclamado ante el SERNAC con ocasión de los hechos descritos en el acápite N° I del presente Acuerdo, entre el 1 de enero de 2022 y el día previo a la publicación de la propuesta de solución del proveedor (6 de febrero 2024).
Se deja constancia que las restituciones con las que se beneficiarán las personas consumidoras de los Grupos 1 y 2, son compatibles con la compensación por costo del reclamo y, se pagarán conjuntamente, si ésta fuere procedente.
El monto que corresponderá a los consumidores por concepto de costo de reclamo dependerá del canal a través del cual éste se realizó y tendrá el del valor de la Unidad Tributaria Mensual (UTM), correspondiente al mes del pago del costo del reclamo.
Los montos son:
- 0,022 UTM: para reclamos realizados por canal línea telefónica o canal call center.
- 0,022 UTM: para reclamos realizados por canal web.
- 0,15 UTM: para reclamos realizados por canal presencial.
3.- ¿Cuándo se realizarán los pagos a los consumidores beneficiados?
El pago a las personas consumidoras se realizará mediante el siguiente cronograma de pago, en donde en los meses 2 y 3 se procederá a pagar a personas consumidoras del Grupo 1 y, a partir del mes 3, las personas consumidoras del Grupo 2, este último en atención al criterio de antigüedad del desistimiento.
Los citados cronogramas se acompañan en un anexo de esta presentación.
4.- ¿Cómo se pagará?
Mediante transferencia bancaria, cuyos datos serán recabados al momento de la firma del finiquito. No obstante, si el consumidor no posee cuenta o se rechaza la transferencia, se procederá por parte de PACAL a emitir un vale vista a nombre del consumidor, el cual se encontraría habilitado para retirar por caja en cualquier sucursal del Banco Estado.
5.- ¿Cómo Pacal se comunicará con las personas consumidoras?
Pacal se comunicará con las personas consumidoras a través de 2 comunicaciones:
- Primera comunicación, ésta tendrá por finalidad dar a conocer a los consumidores beneficiados los términos del Acuerdo. PACAL, a través de correo electrónico o su call center, contactará a los consumidores en el plazo señalado en el acápite VII del presente Acuerdo.
- Segunda comunicación, ésta tendrá por finalidad contactar al consumidor, para que concurra a la "Firma del Finiquito" con PACAL, donde se le informará el plazo en que se hará efectivo el pago de los dineros adeudados por concepto de reserva de viviendas.
Sin perjuicio de todo lo anterior, PACAL dentro de las medidas de cese se comprometió a mejorar la información hacia las personas consumidoras, estableciendo áreas de cobertura, las cuales, se encuentran descritas en el acápite "II. Del cese de la conducta del acuerdo.
6.- Cuál es el cronograma de pagos del acuerdo?
GRUPO 1
Período |
Cantidad de Clientes |
Unidad de Fomento (UF) |
---|---|---|
Mes 2 |
618 |
4.284 |
Mes 3 |
229 |
1.114 |
GRUPO 2
Período |
Cantidad de Clientes |
Unidad de Fomento (UF) |
---|---|---|
Mes 3 |
57 |
3.300 |
Mes 4 |
57 |
4.286 |
Mes 5 |
50 |
4.186 |
Mes 6 |
68 |
4.281 |
Mes 7 |
55 |
4.286 |
Mes 8 |
65 |
4.284 |
Mes 9 |
56 |
4.258 |
Mes 10 |
64 |
4.252 |
Mes 11 |
57 |
4.273 |
Mes 12 |
62 |
3.784 |
Mes 13 |
37 |
4.231 |
Mes 14 |
51 |
4.238 |
Mes 15 |
72 |
4.287 |
Mes 16 |
54 |
4.254 |
Mes 17 |
47 |
4.215 |
Mes 18 |
39 |
2.859 |
Mes 19 |
34 |
4.239 |
Mes 20 |
62 |
4.229 |
Mes 21 |
55 |
4.280 |
Mes 22 |
65 |
4.244 |
Mes 23 |
69 |
4.212 |
Mes 24 |
56 |
4.257 |
Mes 25 |
60 |
4.263 |
Mes 26 |
61 |
4.236 |
Mes 27 |
57 |
4.235 |
Mes 28 |
74 |
4.268 |
Mes 29 |
51 |
4.251 |
Mes 30 |
54 |
4.242 |
Mes 31 |
55 |
3.722 |
Mes 32 |
40 |
4.259 |
Mes 33 |
34 |
2.551 |