PVC: SERNAC con Aerolíneas Iberia (Tasas de embarque)
La empresa Iberia no entregaría información adecuada a los consumidores, acerca del dinero de las tasas de embarque que se deben devolver a los usuarios cuando las aerolíneas no realicen el servicio de transporte aéreo contratado, lo que está estipulado en el artículo 133 del Código Aeronáutico.
Por estos hechos, el SERNAC inició un Procedimiento Voluntario Colectivo en virtud de Res. Exenta N° 516 del 26 de julio de 2019, cuyo objetivo es que los usuarios obtengan el dinero de las tasas de embarque de los vuelos que no realizaron.
26 de julio de 2019
Proveedor | Materia | Etapa PVC | Estado PVC | Fecha actualización |
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AEROLÍNEAS IBERIA | DERECHO A LA INFORMACIÓN | Cierre | PVC fracasado | 29/09/2021 |
Se entiende que hay término fracasado de un PVC en los siguientes casos:
- Si dentro del plazo del procedimiento, original o prorrogado no hubiere acuerdo entre los intervinientes, lo que deberá ser certificado en la resolución de término correspondiente.
- En aquellos casos en que el SERNAC o la empresa manifiesten expresamente su voluntad de no perseverar en el procedimiento. Cualquiera sea el interviniente que manifieste lo precedente, deberá ser certificado en la resolución de término correspondiente.