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Guía Portabilidad Numérica

Desde este 16 de enero de 2012, cada usuario de telefonía móvil o fija, pasa a ser dueño de su número telefónico, consagrando el derecho a cambiarse de compañía y mantener su número.

16 de enero de 2012

Desde este 16 de enero de 2012, cada usuario de telefonía móvil o fija, pasa a ser dueño de su número telefónico, consagrando el derecho a cambiarse de compañía y mantener su número.

  • Esta nueva norma recoge lo que también establece la ley del Consumidor: los consumidores tienen derecho a elegir libremente los productos y servicios y las empresas no pueden mantenerlos atados a los contratos.
  • Para el SERNAC, desde ahora las empresas deberán mantener fieles a sus clientes entregando un buen servicio y no tenerlos amarrados al contrato.


¿Cómo se ejerce este nuevo derecho?

  • El consumidor puede ejercer este derecho directamente en la compañía a la que se quiere cambiar. Puede cambiarse con el mismo teléfono que tiene actualmente pidiendo el desbloqueo sin costo o usar un celular nuevo que puede comprar desbloqueado en cualquier tienda.
  • El consumidor puede terminar el servicio telefónico con cualquier momento sin que le cobren multas.
  • Si el equipo lo compró en cuotas a la misma compañía y termina el contrato de servicio antes de pagarlo completo, puede seguir pagando las cuotas del teléfono y usarlo en otra compañía.


Para ejercer este derecho

  • El teléfono no puede estar bloqueado por robo o extravío.
  • No se puede cambiar si tiene deuda, a menos que la empresa tenga convenio con la compañía a la que se quiere cambiar y le puede seguir pagando a ella.
  • Una vez solicitada la portabilidad, al día siguiente deberá tener su celular con su número habilitado en la nueva compañía.
  • El usuario puede cambiarse de compañía cada vez que lo requiera, sin embargo, una vez realizada la portabilidad debe esperar 60 días para cambiarse nuevamente a otra compañía.


¿Qué costo tendrá la portabilidad?

  • El costo de una solicitud de portabilidad es de $377, sin embargo, la mayoría de las empresas en el mercado han anunciado que no cobrarán ese costo a sus nuevos clientes. Si la empresa lo ofreció así, debe cumplirlo.


¿Dónde puedo solicitarla?

  • La portabilidad se puede solicitar directamente en las oficinas comerciales de la empresa a la que el consumidor se quiere cambiar donde firmará una solicitud de portabilidad, lo que bastará como renuncia a su actual empresa, sin necesidad de acudir a ella.


¿Cuántas veces me puedo cambiar de compañía?

  • Una persona puede cambiarse de compañía las veces que lo estime conveniente, eso si, tiene que esperar 60 días para cada cambio.


¿Cómo desbloquear un equipo ?

  • El proceso es online en cada compañía. El usuario deberá ingresar ahí su número de teléfono y el número IMEI del equipo, el cual es posible obtener marcando *#06# (Es un número de 15 dígitos que por lo general se encuentra bajo la batería.)


¿Qué pasará una vez que libere mi equipo?

  • Una vez liberado el equipo, el cliente podrá elegir cambiarse de compañía manteniendo el mismo celular. Para eso, podrá pedir el cierre inmediato de su actual contrato y cancelar las cuotas pendientes que tenga del equipo.

¿Cuáles son las características de los nuevos contratos?

  • No pueden existir en los contratos cláusulas que amarren al consumidor y le impidan su término.
  • Los contratos por el servicio deben ser independientes de los del aparato para evitar las restricciones y libertad de los usuarios para cambiarse de compañía.
  • El derecho a la portabilidad se refiere sólo al servicio de telefonía fija y móvil. Por lo tanto, se podrían mantener los cobros por otros servicios como televisión por cable o Internet que tenga contratado el consumidor con la empresa.
  • La telefonía es un servicio básico para los consumidores por lo que las empresas deben ser todavía más profesionales y entregar un servicio de calidad, lo que también implica cumplir las normas. El SERNAC estará velando junto a la autoridad, para que esta nueva norma se cumpla.

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