¿Cuándo me deben devolver el cargo por servicio?
Ante la suspensión del espectáculo o cambio de las condiciones contratadas, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el "cargo por servicio" como lo han ratificado los mismos tribunales
19 de agosto de 2011
Ante la suspensión del espectáculo o cambio de las condiciones contratadas, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el "cargo por servicio" como lo han ratificado los mismos tribunales
- Sernac recuerda que las empresas que organizan espectáculos tienen la obligación de respetar las condiciones informadas pues los consumidores toman sus decisiones en base a esa publicidad.
- Cuando las empresas no cumplen sus promesas deben responder entregando alternativas de solución oportunas y adecuadas.
- Toda empresa debe cumplir las condiciones objetivas informadas o publicitadas. Esto es, si por ejemplo, ofreció a un artista determinado día y en cierta ubicación, es eso lo que el consumidor debe recibir.
- Asimismo, los consumidores que tienen también otros derechos en materia de espectáculos. Entre ellos, a que el evento se desarrolle con seguridad, lo que incluye que cuente con las autorizaciones correspondientes que lo garanticen.
- Las entradas vendidas deben corresponder a la capacidad real del recinto, pues la Ley sanciona la sobreventa porque pone en riesgo la seguridad de quienes asisten.
- Recuerde: Ante la suspensión del espectáculo o cambio de las condiciones contratadas, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el "cargo por servicio" como lo han ratificado los mismos tribunales en varios casos.
- Asimismo, tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado.