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Vacaciones: ¿En qué fijarse al momento de contratar una empresa de seguridad para proteger el hogar?

Los consumidores depositan su confianza, sus bienes, su vivienda y la tranquilidad de su familia en una empresa de seguridad por lo que tienen todavía mayor responsabilidad en hacer un buen trabajo. Muchos consumidores están […]

10 de enero de 2014

  • Los consumidores depositan su confianza, sus bienes, su vivienda y la tranquilidad de su familia en una empresa de seguridad por lo que tienen todavía mayor responsabilidad en hacer un buen trabajo.

Muchos consumidores están a punto de salir a disfrutar sus vacaciones, dejando en muchas ocasiones sus casas al cuidado de las empresas de seguridad contratadas.

En este sentido, los consumidores depositan su confianza en este tipo de empresas, y éstas a su vez, deben responder a ella con los estándares de profesionalismo que la Ley les exige.

Si bien de los delitos responden los delincuentes, las empresas deben responder frente a los consumidores por todo lo que comprometieron en los contratos, en la publicidad y por la naturaleza propia del servicio.

Por ello las empresas no pueden liberarse anticipadamente de su responsabilidad. En caso de producirse un robo por su descuido, serán los tribunales de Justicia quienes determinen el alcance de esa responsabilidad, así como las sanciones e indemnizaciones si corresponden.

Los consumidores pueden exigir las indemnizaciones por todo el daño que les causen las empresas.

Obligaciones de las empresas de seguridad:

  • Las empresas de seguridad tienen la obligación de entregar un servicio de calidad.
  • Además deben contar con personal idóneo y respetar lo contratado y publicitado.
  • Si el consumidor pagó por seguridad, un sistema de alarmas, botones de pánico, acciones disuasivas o lo que haya estipulado el contrato, es eso lo que debe recibir, o de lo contrario, la empresa debe responder.

Al contratar

Al momento de contratar un servicio de seguridad, es importante que los consumidores tomen en cuenta una serie de consejos.

  • Leer y comprender el servicio que se está contratando. No firmarlo si existen dudas. Requerir que todo lo ofertado por el vendedor quede por escrito en el mismo contrato.
  • Verificar que la oferta de la empresa contratada se cumpla. Para ello es recomendable conservar, además del contrato, los soportes publicitarios, a fin de poder comprobar el cumplimiento de lo ofrecido.
  • Tenga claridad de las obligaciones que tienen la empresas con el servicio contratado y evalúe si es realmente conveniente lo que le ofrecen.
  • Cerciórese de cada una de las condiciones que la empresa establece para cumplir, y evitar tener luego desagradables sorpresas.
  • Las empresas deben entregar información clara en los contratos sobre lo que consiste realmente el servicio y establecer plazos de respuesta.
  • Es importante que el consumidor sepa qué es lo que realmente está contratando; alarma en caso de robo, el llamado a Carabineros, recibir un aviso, entre otras acciones, porque son esas condiciones las que podrá exigir.

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir a las oficinas del SERNAC, navegar por el sitio web www.sernac.cl o consultar al 600 594 6000.

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