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Sus derechos en servicios básicos

¿Qué son los Servicios Básicos? Son los servicios por los que todos pagamos mes a mes, necesarios en la vida de las familias para cubrir por ejemplo: el agua, la electricidad, el gas, la telefonía.

18 de julio de 2012

¿Qué son los Servicios Básicos? Son los servicios por los que todos pagamos mes a mes, necesarios en la vida de las familias para cubrir por ejemplo: el agua, la electricidad, el gas, la telefonía.

¿Cuáles son mis derechos como consumidor en estos servicios?

  • Tiene derecho a recibir una prestación de servicios básicos domiciliarios en condiciones de calidad y seguridad.
  • Derecho a que no se interrumpa el suministro injustificadamente y poder efectuar reclamos por cobros no justificados por parte de las empresas.
  • En el caso del agua potable sólo podrá suspenderse por razones de fuerza mayor calificadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
  • También podría suspenderse por restricciones y racionamientos programados e imprescindibles para la prestación del servicio, los que deberán ser comunicados con a lo menos 48 horas de anticipación.
  • Las empresas no pueden efectuar cobro alguno por el período en que no se presta el servicio injustificadamente.
  • La empresa debe comunicar a los consumidores en forma oportuna las medidas especiales a adoptar, si se viera afectada la calidad y/o continuidad de uno o cualquiera de los servicios públicos sanitarios, en forma directa o a través de medios de comunicación masiva.
  • Tiene derecho a obtener información detallada de los componentes de su cuenta de consumo.
  • Tiene derecho a que se atiendan oportunamente sus reclamos, consultas y solicitudes y a que se le explique la forma en que se dará solución a los problemas.
  • Los consumidores tienen derecho a solicitar a la empresa sanitaria que verifique la exacta medición de su medidor en uso.
  • La empresa debe mantener informados a sus clientes de las tarifas actualizadas, calendario de facturación, entre otros, los cuales deben estar a su disposición en todas las oficinas comerciales.
  • Le deben avisar con un plazo anticipado de 15 días, la suspensión del servicio en caso de que exista deuda morosa.
  • La empresa puede cobrarle el costo por suspensión y reposición del servicio.
  • Una vez pagada la deuda, tiene derecho a que la empresa reponga el servicio dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el pago.
Recuerde que sus deudas en servicios básicos no podrán ser comunicadas a través de los Registros de Morosidades como Dicom.

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