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Nuevas Tarifas de Teléfonos

El pasado 11 de febrero entró en vigencia el decreto que fija las tarifas de teléfonos, que regirán para los próximos cinco años. Esta es una información muy importante para los usuarios de telefonía fija […]

28 de febrero de 2005

El pasado 11 de febrero entró en vigencia el decreto que fija las tarifas de teléfonos, que regirán para los próximos cinco años. Esta es una información muy importante para los usuarios de telefonía fija y móvil, porque el decreto define lo que cada proveedor podrá cobrar en cargo fijo y variable, según el horario en que se utilice el servicio telefónico, para lo cual se determinaron tarifas en horario normal, reducido y nocturno.

De esta manera, la Subsecretaría de Telecomunicaciones señala que el "Servicio Local Medido (SLM) tiene una baja promedio nacional del 13,9%, siendo la mayor reducción en Santiago con el 25,2%."

El Cargo Fijo disminuye en casi todo el país, salvo las ciudades de Iquique y Concepción que mantienen el valor, mientras que en Santiago sube 16,8%, aunque esta última sigue teniendo el Cargo Fijo más bajo de Chile.

A continuación, le mostramos las nuevas tarifas y los nuevos horarios.

NUEVAS TARIFAS DE TELEFÓNICA CTC Según decreto vigente hasta el año 2009

Fuente: SUBTEL I.V.A. = 19%

FUENTE: Subtel

Según SUBTEL, disminuyen las tarifas de localidades con menos de 1.000 líneas, mientras que el Cargo Fijo baja en un promedio de 10%.

También, SUBTEL estima que el consumo promedio de una familia en tráfico local, es de 300 minutos mensuales, lo que significa que el valor total de la cuenta se mantiene o baja. En el caso de un usuario de Santiago, la cuenta telefónica baja si su consumo local mensual es superior a 300 minutos.

La empresa de telefonía deberá recalcular las diferencias producidas entre lo facturado a los usuarios y lo que corresponde pagar de acuerdo a las nuevas tarifas en el período comprendido entre el 5 de mayo del 2004, fecha de vencimiento del decreto tarifario anterior y el 11 de febrero de 2005, fecha de publicación del nuevo decreto tarifario.

En caso que el recálculo sea favorable al usuario del servicio, la empresa deberá hacer un abono a más tardar en la cuarta cuenta o factura, contada desde el 11 de febrero de 2005. Por el contrario, si el recálculo origina un cargo adicional para el usuario, la empresa deberá distribuirlo en 9 cuotas, que corresponden al número de meses que duró el período sujeto a recálculo.

SERNAC recomienda revisar cuidadosamente las próximas cuentas telefónicas, para que usted tenga claridad sobre su cuenta. ¡Tome nota!

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