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LAS TRES "C" QUE RECLAMAN LOS CONSUMIDORES

Durante las últimas semanas, algunos sectores han realizado fuertes críticas al trabajo de las ISAPRES. Con el fin de aportar luces al debate, la reciente Campaña Informativa de la Superintendencia de Salud, dirigida a los usuarios

18 de noviembre de 2005

Durante las últimas semanas, algunos sectores han realizado fuertes críticas al trabajo de las ISAPRES. Con el fin de aportar luces al debate, la reciente Campaña Informativa de la Superintendencia de Salud, dirigida a los usuarios

Casualmente, los Consumidores también pueden Cuidarse frente a este tipo de problemas. Para ello es necesario prestar atención a los siguientes Consejos:

RECLAMO Nº1 PROCESO DE ADECUACIÓN DEL CONTRATO

DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

  • Disconformidad del afiliado con modificaciones al contrato.
  • Afiliado no informa de cambio de domicilio.
  • Afiliado no recibe carta de adecuación de contrato.
  • Afiliado desconoce tabla de factores.
  • Alzas excesivas en afiliados cautivos.

RECOMENDACIONES

  • Informar a la Isapre ante cualquier cambio de domicilio.
  • Informarse del mes de adecuación y estar atento a recibir la carta.
  • En caso de alzas injustificadas, recurrir primero a la Isapre y después a la Superintendencia de Salud.

SOLUCIONES DE LA NUEVA LEY DE ISAPRES

  • Nueva Ley pone fin a alzas excesivas de planes, a través de bandas de precio promedio .
  • Nueva Ley reduce el número de tablas de factores, con lo cual se gana en transparencia, y controla el aumento de factores.

RECLAMO Nº 2

COBRANZA POR DEUDA DE COTIZACIONES

DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

Se produce porque los afiliados no asumen que el contrato es entre ellos y las Isapres. Se piensa que es deber del empleador informar de los cambios en su situación laboral.

RECOMENDACIONES

  • El afiliado que queda cesante debe ir a su Isapre con su finiquito, carta de despido o de renuncia, y ajustar su contrato a esta nueva realidad o desafiliarse. De cualquier opción debe dejarse una constancia escrita.
  • Informar oportunamente a la Isapre ante cualquier cambio en su situación laboral (trabajador dependiente a pensionado).
  • Estos trámites son de responsabilidad del afiliado y no del empleador.
  • Actuar oportunamente, impide contraer deudas de cotización que impactarán en el presupuesto familiar.

SOLUCIÓN EN LA NUEVA LEY DE ISAPRES

  • La nueva Ley obliga a las Isapres a comunicar a sus afiliados, en un plazo máximo de 90 días, su situación de morosidad por el no pago de cotizaciones. Se evita así la acumulación de deudas por largos períodos.
  • Para proteger los derechos de los beneficiarios, la Superintendencia de Salud impartió instrucciones referentes a las cobranzas extrajudiciales que pueden hacer algunas Isapres, evitando conductas que afecten la privacidad del hogar y la situación laboral del deudor.

RECLAMO Nº 3

RECHAZO DE COBERTURA POR PREEXISTENCIA

PROBLEMA

Los afiliados no toman conciencia de que la Declaración de Salud es el acto más importante del proceso de afiliación, responsabilidad que le compete sólo al cotizante y no al agente de venta.

RECOMENDACIONES

  • Antes de afiliarse es conveniente que el afiliado llene varias declaraciones de salud en diversas Isapres.
  • Antes de firmar el contrato, debe esperar y analizar la respuesta formal de las Contralorías Médicas acerca de la cobertura que otorgará la isapre a sus preexistencias.
  • Entregar una declaración de salud completa y veraz, incluyendo todo el historial médico personal y el de sus beneficiarios. Es mejor declarar todo, aún aquello que parezca sin importancia.
  • Llenar personalmente la declaración con tranquilidad y en conjunto con su familia. No pedir consejo al agente de ventas sobre qué declarar.
  • Es responsabilidad del afiliado que el documento contenga todos sus antecedentes de salud.
  • No firmar la declaración de salud en blanco.
  • Tener presente que las enfermedades preexistentes no declaradas no tendrán cobertura en el plan complementario. Pero si se trata de una patología Auge o GES, la Isapre estará obligada a otorgar cobertura, de acuerdo a la Ley.
  • Recordar que la omisión de antecedentes puede significar el término del contrato y la exclusión de cobertura.

SOLUCIONES EN LA NUEVA LEY DE ISAPRES

  • La nueva ley introduce la figura de la justa causa de error que se puede aplicar excepcionalmente en casos de preexistencias no declaradas.
  • Se establece, además, que si el usuario no usó prestaciones asociadas a la preexistencia, por un período de 5 años, quedará liberado de esa limitación y puede acceder a un plan normal.

Links Relacionados:http://www.superintendenciadesalud.cl

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