Sus derechos también vuelan
Cuando usted viaja en avión tiene derechos como cualquier consumidor. Entre ellos, que se cumplan los horarios y le entreguen su equipaje sano y salvo.
17 de julio de 2007
Cuando usted viaja en avión tiene derechos como cualquier consumidor. Entre ellos, que se cumplan los horarios y le entreguen su equipaje sano y salvo.
¿El vuelo se atrasó por horas?, ¿Le cambiaron el horario? ¿Le perdieron las maletas?...a cualquiera le puede pasar. Lo importante es que sepa que los pasajeros de aerolíneas tienen los mismos derechos básicos del consumidor. Entre ellos, recibir un servicio de calidad y que se respeten las condiciones acordadas y ofrecidas por la aerolínea.
La empresa está obligada a realizar el transporte en la fecha, horario y demás condiciones estipuladas. Cualquier retraso o suspensión originados por condiciones climáticas, de seguridad u otras de fuerza mayor, pueden eximir de responsabilidad al transportador, pero es la Dirección de Aeronáutica Civil, la encargada de determinarlo.
No obstante, si el viaje ya iniciado se interrumpe o suspende por causa atribuible a la empresa, ésta estará obligada, a sus expensas, a mantener y hospedar a los pasajeros. De igual modo deberá ofrecerles, a elección de ellos, cualquiera de las siguientes opciones:
a) Reembolso del pasaje;
b) Continuación del viaje, con la demora prevista para solucionar su interrupción;
c) Reanudación del viaje con otro transportador, en las mismas condiciones estipuladas, y
d) Retorno al punto de partida, con reembolso del precio del pasaje.
En cuanto al equipaje, las empresas de transporte aéreo son responsables de mantenerlo en buen estado y devolverlo a su dueño tal cual lo entregó.
Ante la pérdida, retraso, deterioro o destrucción del equipaje, los consumidores y consumidoras tienen derecho a que la empresa responda.
Si se trata de extravío, la empresa tiene un plazo de 21 días para devolver el equipaje. En tanto ello no ocurra, el consumidor puede requerir que se le compense por los daños sufridos, como por ejemplo, por el problema de no contar con el vestuario contenido en la maleta.
En el caso de que el equipaje no sea recuperado o se haya destruido, la empresa debe indemnizar al pasajero por una suma establecida en el Código Aeronáutico de 40 UF (más de $730 mil).
El valor real del equipaje y perjuicio, puede ser reembolsado si previo al vuelo, el pasajero hace una declaración especial del valor de lo transportado, y pagar a la empresa una tasa adicional.
Ante cualquier duda o consulta, usted puede llamar 600 594 6000 (con costo llamada local) o realizar su reclamo a través de www.sernac.cl para lograr una solución extrajudicial a través de la mediación. No obstante, el consumidor siempre tiene el derecho de recurrir al Juzgado de Policía Local para denunciar los hechos y exigir su derecho a indemnización por los daños causados.