Sernac advierte sobre viajes y giras de estudios
Si tiene en mente contratar el servicio de una agencia, tour o viaje de estudio, ponga atención a estos consejos de Sernac para ejercer sus derechos.
24 de julio de 2002
Si tiene en mente contratar el servicio de una agencia, tour o viaje de estudio, ponga atención a estos consejos de Sernac para ejercer sus derechos.
1º Derecho a informarse sobre las características relevantes del viaje de estudios
Cada padre y apoderado tiene derecho a conocer anticipadamente los términos y condiciones en que se desarrollará la gira de estudios. El organizador tiene la obligación de proporcionar información veraz y oportuna sobre la oferta del viaje. Esta información comprenderá, según sea el caso:
a.- Información sobre los destinos y lugares que comprende la gira.
b.- Duración del viaje, itinerario detallado, calendario, lugares de alojamiento y teléfonos.
c.- La forma de transporte, con indicación de las características técnicas relevantes del medio a ser utilizado. Previsión de alternativa en caso de falla mecánica. En pasajes aéreos, si el programa incluye tasas de embarque y traslado aeropuerto-hotel-aeropuerto.
d.- Alojamiento: forma, ubicación, categoría del hotel (turista, primera, lujo) y características tales como tipo de pensión (media, completa, desayuno). Debe especificarse si el valor de alojamiento es sobre la base de habitación individual, doble, triple u otro.
e.- La prestación de otros servicios relacionados, tales como tours, excursiones y visitas, las incluidas y las optativas.
f.- Precio del tour y forma de pago. Información sobre el costo del programa y condiciones de financiamiento. Si el pago es a plazo, información sobre la tasa de interés aplicable al saldo de precio. Si se aplica interés, no aceptar multas por atrasos en los pagos.
g.- Inclusión de cláusula en que la agencia de viaje se responsabiliza por los servicios incluidos en el programa del operador y detalle sobre la forma y tiempo en que podrán operar las cancelaciones individuales, si se producen.
h.- Información General sobre pasaportes y visados y formalidades sanitarias.
i.- Seguros comprometidos.
j.- Restricciones relevantes, tales como número mínimo de participantes, fechas entre las que es válido el programa, etc.
k.- Becas comprometidas por número de alumnos, tanto para alumnos como para profesores o apoderados acompañantes.
l.- Datos personales del guía, de los conductores (clase de licencia, horas de servicio, etc) y de los acompañantes, con descripción de sus responsabilidades y funciones.
m.- Datos del organizador: nombre y dirección y de sus representantes legales.
n.- Cualquier otra información necesaria sobre las características del viaje.
La información proporcionada de acuerdo con las especificaciones precedentes obliga al Organizador, originando su responsabilidad en caso de incumplimiento de las condiciones ofrecidas, salvo que los cambios hayan sido conocidos y aceptados expresamente por los padres y apoderados, y que dicha aceptación conste en el contrato o en un anexo escrito.
2º Derecho y deber de formalizar las condiciones del viaje de estudios en uno o más contratos.
En estos contratos, que deben ser escritos, deben figurar claramente los derechos y obligaciones que asumen por una parte los padres y apoderados y por otra, el proveedor de los servicios correspondientes. Los contratos deben incorporar todas las cláusulas y aspectos convenidos anticipadamente. Una copia debe quedar en poder de cada parte.
El contrato deberá contener todas las menciones señaladas en las características relevantes, y, además, todas aquellas condiciones especiales solicitadas por los Padres y Apoderados y aceptadas por el organizador.
Recuerde siempre confirmar la información recibida, especialmente los datos, dirección y teléfono de los organizadores y de sus representantes legales.
Asegúrese de que los términos del contrato estén redactados a su entera satisfacción antes de firmar.
Información Previa al Viaje
Asegúrese de obtener datos y teléfonos del organizador o Agencia de Viajes, o de otro organismo local de auxilio o de otro teléfono que permita contactar a la Agencia. También requiera información que permita contactar a los menores en Chile o en el extranjero, ya sea con ellos directamente o con sus responsables.
3º Derecho a que se cumplan las condiciones publicitadas
La publicidad que se haga en cualquiera de los servicios o productos asociados a la gira de estudios obliga al proveedor que la hace. En estos casos le asiste el derecho a los padres y apoderados de hacer cumplir las condiciones destacadas en la publicidad por el proveedor.
4º Derecho a supervisar el cumplimiento de condiciones de transporte
Los padres y apoderados tienen el derecho y el deber de vigilar el cumplimiento de las obligaciones y de las condiciones en que se prestan los servicios contratados, especialmente los de transportes, en el marco de las disposiciones del Ministerio de Transporte.
Preocúpese de contar con información clara respecto a las confirmaciones de vuelo y reservas, y acerca de a quien acudir en caso de cambios de vuelo o cancelaciones.
Respecto al transporte terrestre, según las recomendaciones entregadas por dicho Ministerio, los padres al contratar un bus o minibus deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- Establecer en el contrato escrito quien es el responsable de la conducción y cómo se asumen eventuales problemas.
2.- Exigir que el conductor tenga licencia profesional y que el bus posea revisión técnica, permiso de circulación y seguro obligatorio al día.
3.- Revisar estado de neumáticos, luces y parabrisas. Si el viaje dura más de cinco horas el bus debe contar con dos conductores
4.- El vehículo debe tener un certificado de "servicio especial" visado por la Secretaria Regional Ministerial (Seremi) de transportes, que puede ser exigido por carabineros.
5.- Si los padres contratan un bus para salir fuera del país, éste no puede tener más de 15 años de antigüedad y debe contar con un seguro internacional que será requerido en la aduana.
En este sentido, pueden acercarse al Departamento de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes para conocer en detalle las obligaciones y deberes que pesan sobre las empresas de transporte de pasajeros. Ello a fin de prevenir incumplimientos que pueden derivar en menoscabos para los alumnos.
5°. Derecho a denunciar a SERNAC o a los Juzgados de Policía Local competentes la mala calidad de los servicios contratados.
Ante cualquier dificultad, puede usted dirigirse directamente al organizador o proveedor responsable, solicitándole la solución del problema.
Si esta gestión no produce resultados satisfactorios, los padres y apoderados tienen el derecho de recurrir ante el SERNAC, el que iniciará la mediación correspondiente para obtener una solución satisfactoria para ambas partes.
Si la gestión de acercamiento tampoco tiene éxito, o si prefiere, directamente, sin necesidad de recurrir al SERNAC, puede denunciar el incumplimiento o infracción ante el Juez de Policía Local competente.
Pueden ser denunciados tanto los incumplimientos totales como los cumplimientos tardíos o parciales, en la medida en que estos constituyan una infracción a la Ley sobre protección a los derechos de los consumidores. En estos casos le asiste el derecho a indemnización.
6° Derecho y deber de velar por el cumplimiento de las condiciones ofrecidas y contratadas.
Recuerde que por cada derecho hay un deber correlativo, y que en general el cumplimiento de las condiciones ofrecidas, de la seguridad en el viaje y la satisfacción respecto de las expectativas que genera una gira de estudios depende en gran medida de la preocupación y cercanía de los padres y apoderados.